11 Julio de 2022 12:43
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la semana pasada a través de la Resolución General 5226/2022 la recategorización semestral del monotributo que se podrá realizar entre este lunes 10 y el 29 de julio próximo. Además, tal como indicaron en un comunicado reciente, el pago de la cuota mensual se podrá realizar hasta el 27 de julio.
De igual modo, los contribuyentes registrados en las categorías A y B cuyo único ingreso provenga del monotributo podrán verificar si están alcanzados por el beneficio de la exención del componente impositivo. Para ello, deben ingresar a monotributo.afip.gob.ar con su CUIT y clave fiscal.
Para saber si corresponde categorizarse, los contribuyentes deben controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses y para ello, deberán tener en cuenta los nuevos valores de las categorías.
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"Si los ingresos superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización. Los cambios surgidos de la recategorización impactan en agosto. Aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción", indicaron desde la administración.Cabe recordar que si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización.
¿Cómo es el procedimiento?
Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal. Seleccionar la opción “recategorizarme” y automáticamente el sistema informará la categoría actual del contribuyente y los topes de cada parámetro de esa categoría. Seleccionar “continuar recategorización”. Luego, se debe ingresar información sobre el monto facturado en los últimos 12 meses. Con estos datos el sistema determina la nueva categoría correspondiente y se confirma en la opción “confirmar categoría”. Imprimir nueva credencial.Respecto al pago mensual del monotributo para el mes de julio se extiende, de forma excepcional, hasta el día 27. El pago se puede realizar en cajeros automáticos Banelco o Link, con billetera electrónica, débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito o mediante un VEP a través del servicio Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA).