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Alcohol Cero: los puntos altos de la nueva normativa y cuándo entra en vigencia

El jueves se aprobó en el Senado.

14 Abril de 2023 13:37
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Este último jueves, el Senado de la Nación aprobó la modificación del artículo 48 de la Ley de Tránsito, que establece la prohibición total del consumo de bebidas alcohólicas al volante, y deja atrás a la vieja normativa que permitía un nivel de hasta 0,5 gramos de alcohol en sangre. 

A partir de la reglamentación del Alcohol Cero, como se denominó a la alteración de la ley 24.449, la totalidad del país se adaptará a una medida que ya funcionaba en 13 provincias argentinas y más de 40 municipios.

La consolidación de la necesidad de modificar la reglamentación al respecto se enfrentó a muchas trabas por parte del lobby que hicieron algunos empresarios del rubro en el Congreso Nacional, preocupados por las mermas en sus ganancias que la novedad podría lograr. Esto quedó en evidencia tras las discusiones internas que se presentaron en Juntos por el Cambio  (JxC) respecto a su inclusión en el paquete a votar y la falta de quórum presentada la semana anterior.

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El principal impulso argumental que tuvo el debate estuvo amparado en las estadísticas positivas que presentaron los distritos que ya contaban con la prohibición del alcohol al volante, respecto a las que no. Cabe destacar que los accidentes de tránsito son la cuarta causa de muerte en la Argentina, detrás de los problemas coronarios, los accidentes cerebrovasculares y el cáncer.

"El alcohol al volante es causante de miles de muertes en Argentina, desde hace muchos años", aseguraron desde la asociación civil Luchemos por la Vida, especializada en concientizar sobre las muertes en accidentes de tránsito y cómo evitarlas y reducir su posibilidad.

Desde la ONG insistieron en aclarar que para que esta merma en fatalidades evitables pueda conseguirse, el Estado deberá multiplicar los controles de tránsito, aplicar de forma efectiva las sanciones previstas a los transgresores y de generar un endurecimiento progresivo de las sanciones de acuerdo a la gravedad. Aunque también tienen una propuesta especial para quienes tienen "exceso notable de alcohol, antes de que potenciales homicidas del tránsito lleguen a matar".

"El delito propuesto a los legisladores, desde hace varios años, consiste en penar con prisión e inhabilitación especial para conducir automotores a quien condujere cualquier tipo de vehículo automotor con una tasa de alcohol en sangre superior a 1 gramo por litro (sin que lesione ni mate a nadie)", solicitaron desde Luchemos por la Vida. "Estos delitos ya existen en los países exitosos en su lucha contra las muertes en el tránsito, y son una contribución muy importante a la reducción de las muertes", explicaron.

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La modificación del artículo 48 estuvo confeccionada con aportes de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), el Ministerio de Salud de la Nación, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (Sedronar), además de asociaciones de familiares de víctimas de accidentes de tránsito.

Previamente, la Ley ya contemplaba el alcohol cero para los conductores y conductoras de los micros escolares, y para quienes tenían registro de conducir profesional de cargas o personas. También, además del límite de 0,5, quienes manejaban motocicletas y ese tipo de rodados, tenían un permitido menor de hasta 0,2 de alcohol en sangre.

El último 24 de noviembre, la Cámara de Diputados le había dado media sanción con 195 votos a favor, mientras que el último jueves el Senado lo aprobó en una votación que terminó 48 a 9.

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