La medida cautelar dictada por el juez Thomas Griesa que bloquea el pago a acreedores vence este jueves y, así, esta semana los bonistas deberán presentar sus razones para extenderla.
Sin embargo, si el magistrado no considera suficientes los motivos para prorrogarla, será levantada. Podría ser el paso inicial al fin del conflicto argentino con varios fondos de inversión.
El juez Thomas Griesa determinó que la cautelar dure hasta el jueves.
Si se llegara a levantar la cautelar, Argentina podrá normalizar los pagos con los bonistas que ingresaron a la reestructuración de la deuda, más allá de que haya alcanzado o no un acuerdo con todos los holdouts. De esta manera, los fondos buitre verían limitado su poder de presión para obligar a nuestro país a mejorarles la oferta.
La oferta argentina presentada días atrás había propuesto un pago en efectivo de 6.500 millones de dólares por una deuda global de 9.000 millones, que abarca capital e intereses y también comprende a los “me too” (yo también), un grupo de tenedores de bonos que no iniciaron juicios pero de todas formas se plegaron a las sentencias de Griesa.
Esos 6.500 millones de dólares serían cubiertos mediante la emisión de bonos, acción que hasta ahora no ha podido encararse, ya que la medida de Griesa impide hacerlo y bloquea el acceso argentino a los mercados financieros.
Se disolvió la Unidad de Reestructuración de Deuda
Mientas tanto, el gobierno de Mauricio Macri disolvió la Unidad de Reestructuración de Deuda, que funcionaba dentro de la órbita del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas y fue creada por Cristina Fernández.
Luego de la disolución de la Unidad, Prat-Gay negociará solo con los holdouts.
El organismo tenía como función asistir y asesorar al ministro del área en la determinación de los objetivos y las políticas relativas a la renegociación y reestructuración de la deuda pública.
En el decreto mediante el cual se disuelve la unidad, se establece que “es el señor ministro de Hacienda y Finanzas Públicas quien debe entender en lo referido al crédito y a la deuda pública, en las negociaciones internacionales de naturaleza monetaria y financiera y en las relaciones con los organismos monetarios y financieros internacionales, así como también intervenir en las relaciones con los organismos económicos y comerciales internacionales”.