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Cepo para casi todos: los que cobraron alguna vez el ATP no pueden comprar dólares

El gobierno restringió aún más la posibilidad de comprar divisas en moneda extranjera. 

29 Septiembre de 2020 16:20
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Toda persona que alguna vez haya cobrado una parte de su sueldo a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrá comprar dólar ahorro. La medida forma parte del paquete de restricciones adoptadas por el Banco Central para limitar la fuga de reservas. En otras palabras, aunque ya no cobres el ATP como parte de tu sueldo, si alguna vez lo cobraste, no estás en condiciones legales de comprar el llamado "Dólar ahorro". Según cifras oficiales, la medida deja fuera de la posibilidad a alrededor de dos millones y medio de personas. 

 Recién ayer terminaron de actualizarse en los bancos los nuevos sistemas de compra de dólar vía home banking y otras demás plataformas digitales, al cabo de dos semanas para adaptarse a las nuevas normativas. El ATP 5, para los salarios de agosto, había alcanzado a 1,3 millones de trabajadores con una inversión $25.501 millones. El programa ATP otorga subsidios de hasta el 50% del salario de los trabajadores -con un tope de hasta $33.750- de empresas que hayan registrado una facturación negativa en comparación al mismo mes de 2019, y un préstamo por igual porcentaje del salario -con tope de hasta $20.250- para las empresas con facturación de hasta 40% superior a igual mes del año pasado.

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Las restricciones para acceder al llamado "cupo de 200 dólares para atesoramiento" abarcan también a los beneficiarios de cualquier tipo de ayuda social, como el IFE o la Tarjeta Alimentar, como así también a quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales, prendarios, prendarios e hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de préstamos hipotecarios UVA.. Tampoco podrán los llamados "coleros digitales" (aquellos cuyos ingresos no se correspondan con la operación), los monotributistas que hayan accedido a créditos a tasa cero y los que operan el mercado de bonos con moneda extranjera.

"Las entidades deberán requerir documentación respaldatoria de los ingresos y/o activos del cliente y/o toda otra documentación que les permita evaluar la razonabilidad de que el cliente efectúe ahorros en moneda extranjera", detalló la comunicación "A" 7015 del Banco Central. A su vez, quienes obtengan el permiso recibirán un recargo del 35% en concepto de retención del impuesto a las Ganancias y el cómputo de las operaciones con tarjetas de crédito en el exterior será incluido dentro del cupo de los US$ 200, como así también los pagos de servicios que se efectúan en dólares, como las plataformas de Streaming Netflix y HboGo.

Sólo cuando se hayan cumplido los requisitos mencionados, la adquisición de moneda extranjera estará disponible según el BCRA " para los que reciban prestaciones de la seguridad social derivadas de la relación laboral, como las asignaciones familiares; tengan ingresos por estar en relación de dependencia; sean titulares de haberes previsionales; o sean trabajadores autónomos, monotributistas o de casas particulares".  

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