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Cómo fueron los veredictos dictados en dos años de juicios por jurado

A 24 meses de la implementación de los jurados populares en la provincia de Buenos Aires, un informe oficial indica que el 56% de los acusados fueron declarados culpables. Los datos según regiones y el resultado del primero.

02 Marzo de 2017 20:46
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A dos años de implementada la norma judicial, la Procuración General de la Suprema Corte bonaerense realizó un informe sobre los 97 juicios por jurados populares que se realizaron de marzo de 2015 a hasta la actualidad y los dividió por departamentos judiciales y según veredicto. Los resultados son, en algún punto, curiosos.

Una escena clásica del cine pero real: el jurado entrega su veredicto.

Según la estadística, del total de los juicios, en 55 casos los imputados fueron declarados culpables (56%), en 34 el tribunal popular dictaminó la absolución (35%) y en los restantes 8 el veredicto fue "mixto" (9%), con algún acusado absuelto y otros no. 

Se realizaron 97 juicios con esta modalidad.

El departamento judicial con mayor cantidad de juicios populares fue el de Bahía Blanca con 17, seguido por el de San Martín con 11; Azul, La Matanza y Lomas de Zamora con 10; San Isidro con 9, Mar del Plata con 7 y Trenque Lauquen con 4.

El sistema de juicios por jurados fue sancionado por la Legislatura bonaerense en septiembre de 2013, aunque ese mecanismo está contemplado en la Constitución provincial pero nunca se había llevado a cabo.

El debut, una absolución

Guillermo Barros fue declarado "no culpable".

El primer juicio con esta mecánica se celebró en marzo de 2015, en el Tribunal Criminal 5 de San Martín, donde los 12 integrantes del jurado absolvieron a Guillermo Barros, acusado de asesinar a su ex cuñado el 30 de enero de 2014 en José León Suárez.

El primer jurado popular, con suplentes y juez técnico. (foto La Nación).

Cómo funciona

Los tribunales populares se conforman de un juez, doce ciudadanos jurados titulares y seis suplentes elegidos por sorteo, y actúan únicamente en casos de delitos graves, cuya pena sea mayor a los 15 años de prisión.

Participar del proceso es obligatorio por tratarse de una "carga cívica" y los civiles reciben una remuneración económica, mientras que los imputados tienen el derecho a renunciar a la aplicación del juicio por jurados.

El cuerpo es presidido por el juez, quien suministra instrucciones para que los jurados deliberen, y luego los integrantes deben reflexionar en sesión secreta por un plazo máximo de dos días, prorrogables por igual período, para determinar la culpabilidad o inocencia del acusado.

En caso de no existir acuerdo entre los integrantes del jurado la votación se repetirá en tres oportunidades y de seguir así se planteará la no culpabilidad o se declarará estancado el debate, para lo cual hará falta conformar un nuevo tribunal.