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Condenan a un médico por negarse a practicar un aborto a una joven violada: las penas que podría enfrentar

La pena se conocerá en los próximos días y podría ser de hasta dos años de prisión en suspenso. 

21 Mayo de 2019 13:17
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Leandro Rodríguez Lastra, el ginecólogo que se negó a practicarle una interrupción legal del embarazo a una joven violada, fue hallado culpable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. La pena, que podría ser de hasta dos años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina, se conocerá en los próximos días.

Rodríguez Lastra se negó a brindarle un aborto legal a una joven violada.

De acuerdo al juez Álvaro Meynet, quien tomó la decisión judicial, el médico incurrió en una maniobra dilatoria imponiéndole a la paciente requisitos inexistentes para acceder al aborto legal y le mintió tanto a ella, como a la Justicia.

El magistrado señaló, además, que Rodríguez Lastra "a la fecha de los hechos no estaba incluido en el registro de objetores de conciencia" de la provincia de Río Negro donde ocurrió el hecho y "en todo momento mantuvo una actitud negadora de la práctica que se le demandaba, a la cual estaba obligado por ley, negación que oculta con excusas de diversa índole y la cual, además, no informó, como era su obligación, respetando el derecho de la paciente".

Así, Meynet aseguró que "el acusado nunca tuvo la menor intención siquiera de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba" la paciente víctima de una violación. "Hay un valimiento de su posición profesional médico frente a una joven mujer de escasos recursos comunicativos, como quedó evidenciado en la audiencia, a la que además no contaba con la contención adecuada desde que solo se acompañaba de su hermana", agregó. 

La negación del derecho a la interrupción legal del embarazo

El caso comenzó a desarrollarse el 2 de abril de 2017, cuando una joven llegó al hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti con fiebre y dolor abdominal. La paciente le explicó a Rodríguez Lastra, jefe del servicio de Ginecología, que había tomado un fármaco para provocarse un aborto.

El hecho tuvo lugar en el hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti.

Sin embargo, el médico decidió no interrumpir la gestación, aunque esta había sido producto de un abuso sexual. La mujer continuó con el embarazo y el niño fue dado en adopción.

En el proceso legal, el fiscal Santiago Márquez Gauna dejó en claro que el ginecólogo no respetó el deseo de la víctima y se negó a realizar la práctica, aunque estaba reglamentada en las leyes provinciales.

Rodríguez Lastra fue juzgado a partir de una denuncia de la diputada provincial Marta Milesi, autora de la ley 4796 que regula y controla la atención sanitaria en casos de abortos no punibles en Río Negro.

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