27 Mayo de 2020 09:57
Cambia todo. A partir de las cero horas del sábado 30 de mayo entrará en vigencia el nuevo permiso de circulación por la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por Alberto Fernández. Las tres autorizaciones vigentes, quiénes podrán solicitarlas, por cuánto tiempo durarán y el paso a paso para tramitarlas.
De acuerdo a lo anunciado en la conferencia de prensa conjunta que dio el presidente junto a Axel Kicillof y Horacio Rodríguez Larreta, quienes pueden circular a partir del sábado serán los grupos exceptuados, vinculados a trabajadores esenciales. Se podrán tramitar tres tipos de permisos:
Actividades esenciales Actividades no esenciales Permiso especial de 48 horas para situaciones puntuales
Los dos primeros durarán lo que se extienda la cuarentena y no necesitarán una renovación. ¿Cuál es la diferencia entre ambos? En el AMBA, por ejemplo, sólo podrán circular los trabajadores que realicen labores esenciales. Sin embargo, en el resto del país hay otras tareas que ya fueron autorizadas, debido a que el brote de Covid-19 se concentra en la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires.
"Se fueron estableciendo y autorizando el desarrollo de actividades particulares para determinadas provincias y localidades en función del requerimiento de intendentes y gobernadores. Esa es la principal diferencia", explicó Micaela Sánchez Malcom, secretaria de Innovación pública, área que depende de la Jefatura de Gabinete.
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Un detalle no menor: el cuidado de adultos o niños puede catalogarse como "actividad esencial", de modo que no se tenga que actualizar el trámite cada dos días. "De esta forma, no tendrán que renovarlo cada 48 horas. Será extensivo a lo que dure el aislamiento".
Cómo se tramita el nuevo permiso de circulación
El trámite puede realizarse desde la aplicación CuidAR lanzada por el Gobierno (la podés descargar acá), pero también se puede realizar desde la Web (para ir a la página, hacé click acá). Además de llevarlo en el celular con la aplicación, también se puede descargar en formato PDF y llevarlo tanto de forma digital, como impreso.Leé también | Cómo será el mundo dentro de dos meses: las proyecciones de la OMS y qué pasará con el Covid-19
Los datos a completar incluyen, en el caso de los trabajadores en relación de dependencia, el CUIT de su empleador. Pero, ¿qué sucede con los autónomos? "Tendrán que registrarse con su CUIL para poder trabajar, siempre y cuando se trate de una tarea autorizada o esencial".