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Cuando un empleado pierda un juicio "por su culpa" pagará los gastos

El máximo tribunal sostuvo que si una demanda es rechazada, se aplicará la regla legal que establece que quien pierde un juicio debe pagar los gastos por honorarios que éste originó.

04 Julio de 2017 18:52
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La Corte Suprema de Justicia resolvió que cuando un trabajador pierde -por su culpa- un juicio laboral debe pagar todos los gastos ocasionados en concepto de honorarios de los abogados y los peritos que hayan intervenido. 

La Corte Suprema de Justicia sentó jurisprudencia en materia laboral.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, resolvieron que el trabajdor Enrique Eduardo López pague las costes del juicio laboral iniciado a la empresa Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales, el cual perdió.

López  había sufrido, en el trayecto hacia su trabajo, un accidente que lo dejó parcialmente incapacitado. Debido a ello, reclamó ante la justicia laboral que la ART de su empleador le pagara la indemnización prevista en la ley 24.557 de riesgos del trabajo. 

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Sin embargo, López que fue citado en reiteradas oportunidades, nunca se presentó para que el perito médico designado por la justicia lo examinara. Ante esta situación, la demanda fue rechazada, ya que no se pudo comprobar si efectivamente estaba incapacitado.

La Sala III de la cámara laboral porteña, por su parte, resolvió que de los honorarios de los profesionales que intervinieron en el juicio se tenía que hacer cargo la compañía aseguradora demandada, ya que de lo contrario se violaría el derecho de acceso a la justicia consagrado por los arts. 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 

Pero fue la Corte Suprema la que revocó esa decisión, basado en que el rechazo de la demanda se produjo por la renuencia del trabajador a presentarse a las pericias médicas. Así determinaron que no había motivos válidos para para apartarse de la regla legal que establece que quien pierde un juicio debe pagar los gastos por honorarios que éste originó, y que además no se verificó que se hubiera puesto en cuestión el derecho del trabajador a formular su reclamo ante los tribunales.