29 Abril de 2020 10:44
Aunque la cuarentena continuará -en principio, hasta el 10 de mayo: luego veremos- cabe preguntarse qué pueden hacer, al cabo de un mes de aislamiento, qué pueden hacer los que deben ir al médico por razones que no estén relacionadas directamente con el Covid-19. Vamos por partes: de acuerdo con el sitio oficial argentina.gob.ar , "Podés ir al médico sólo si se trata de una emergencia o una situación que no se puede resolver por vía telefónica o videollamada".
Están permitidas las consultas de "atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas" También está permitido el funcionamiento de los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen y ópticas.
Podés ir al médico. No está prohibido. La pregunta que se te pide que te formules, en todos los casos, es si realmente lo necesitás o si puede esperar.
En todos los casos, hay una serie de protocolos que deben cumplirse de manera estricta. A saber:
Sólo podés ir con turno, y el turno, por supuesto, se gestiona de manera remota. Antes de concedértelo, se procederá a preguntarte si tenés síntomas posibles de Covid-19, que te serán enunciados (fiebre, tos seca, mialgias, etc), si viajaste en los últimos 21 días y adónde, y si estuviste en contacto con casos sospechosos o confirmados de Covid-19. Básicamente, si la respuesta a alguna de estas tres preguntas es SÍ, activarás los protocolos del Ministerio de Salud, y si la respuesta a todas es NO, te atenderán.
Los turnos, así y todo, son limitados. Un médico puede atender hasta dos pacientes por hora. Un oftalmólogo, hasta dos por hora. Un odontólogo, hasta uno por hora. Para labotatorio, diagnóstico por imágenes y pruebas ópticas, también se permiten hasta dos pacientes por hora.
Olvidate de la sala de espera. Vas y te atienden. En caso contrario, se están infringiendo los protocolos.
Cuando llegues, te tomarán la fiebre. Ya sabés, si tenés más de 37,5, activás el protocolo.
En el consultorio al que asistas tiene que haber alcohol en gel y tanto personal como pacientes deben usar tapabocas, barbijos o kit de bioseguridad en caso de que la atención lo requiera. También, por supuesto, debe haber agua y jabón disponibles para los pacientes.
Por supuesto, todos los trabajadores de Salud que estén desempeñando su labor deben firmar ante el Ministerio una Declaración Jurada que acredite su buen estado de salud, y tener tramitado el correspondiente permiso para circular en la vía pública.