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"Darle mayor valor a los derechos de la persona humana": el primer fallo contra el aborto legal

Días atrás, en Salta, un juez rechazó un pedido similar. 

28 Enero de 2021 17:46
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En Chaco, la jueza Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 19 de Resistencia, hizo lugar a una medida cautelar contra la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo y ordenó suspenderla en todo el territorio provincial. 

La cautelar, presentada por un grupo de miembros de FASTA (Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino) encabezado por Hilda Dellamea bajo patrocinio del abogado Fernando Guirado, solicita que la norma que entró en vigencia recientemente se declare como inconstitucional.

De acuerdo a su argumentación, el Art.15 Inc.1 de la Constitución Provincial de Chaco garantiza el derecho "a la vida y a la libertad, desde la concepción" a todas las personas. 

¡Ojo con esto! El formulario online para denunciar impedimentos en la práctica del aborto legal

El pedido argumenta que "desde la perspectiva de las competencias se encuentran facultades delegadas, no delegadas y concurrentes entre la Nación y las provincias" que en las competencias concurrentes donde regulan un mismo tema la Nación y las Provincias "ha de ser aplicable la 'ley mas favorable', siguiendo el criterio en darle mayor valor a los derechos de la persona humana".

De esta manera, la jueza hizo lugar a la suspensión de la aplicación de la ley de IVE en Chaco como medida cautelar hasta tanto se resuelva el dilema de fondo sobre si esta norma nacional viola la Constitución provincial.

Este no es el primer intento judicial de ponerle un freno a la ley de IVE. Días atrás, Julio Bavio, juez federal de Salta, rechazó una medida cautelar que pretendía suspenderla a través de una presentación contra el Protocolo ILE del Ministerio de Salud.

El magistrado consideró que el planteo era improcedente, aunque la discusión de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley sigue abierta a la espera de definiciones.

En este caso, la medida cautelar fue introducida por integrantes de un grupo de dirigentes provida, entre los que se encuentra la ex senadora nacional María Cristina Fiore Viñuales.

Con la ley ya firmada, ¿cómo instrumentarán hospitales y obras sociales el acceso al aborto?

Según su presentación judicial, "el ser humano existe desde el momento de la concepción” y el niño no nacido “tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”.

En el texto subrayaron además que "la ley está permitiendo la privación de la vida de un ser humano que el Estado asumió el compromiso constitucional e internacional de proteger”.

"Trinchera antidemocrática"

"Este tipo de cautelares evidencian la trinchera antidemocrática, que suspende el ejercicio de un derecho y la implementación de una política pública sanitaria sin hacer un control mínimo, serio, de admisibilidad y procedencia de la acción", señaló en diálogo con Télam la abogada Soledad Deza, que representó y logró la liberación de Belén, la joven presa en Tucumán a causa de un aborto espontáneo.

"La legitimación activa es muy seria en un proceso y está decisión omite ese análisis como también el de inexistencia de caso", agregó. "Es una vergüenza jurídica propia del activismo conservador que se alía para mudarse al poder judicial cuando perdió en el debate legislativo. Previsible la demanda, pero no deja de sorprender la connivencia judicial".

 

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