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De la venta minorista a la atención odontológica: una por una, las actividades que se reabren

El jefe de Gabinete firmó una resolución que exceptuó a 11 nuevas actividades. Los detalles.

19 Abril de 2020 11:14
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A partir del lunes, y como consecuencia de una resolución administrativa firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se habilitan 11 nuevas actividades para realizar durante la cuarentena. 

Es que de a poco el Gobierno Nacional, por la situación económica que generó el coroanvirus (Covid-19) y la crisis que ya se encuentra en pleno proceso, comenzó a abrir el grifo de actividades para intentar mitigar el impacto y avanzare hacía una “administración” del aislamiento social.

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A partir de la medianoche de hoy las siguiente actividades estarán permitidas:

    Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.     Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.     Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.     Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.     Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.     Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.     Ópticas, con sistema de turno previo.     Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.     Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.     Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.     Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
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