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Diputados aprobó la ley Mica Ortega contra el grooming: el caso que originó el proyecto

La iniciativa busca prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre la problemática del grooming.

12 Noviembre de 2020 09:11
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La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y convirtió en ley un proyecto por el cual se establece la creación de un Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.

Con 224 votos afirmativos y sin abstenciones ni negativos, esta madrugada los diputados dieron luz verde a la iniciativa que ya tenía media sanción del Senado desde el 3 de septiembre pasado.

El objetivo del programa es prevenir, sensibilizar y generar conciencia en la población sobre la problemática del grooming o ciberacoso a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la capacitación de la comunidad.

En este sentido, la ley propone garantizar la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes frente al grooming; capacitar a la comunidad educativa a los fines de concientizar sobre la problemática; diseñar y desarrollar campañas de difusión; y brindar información acerca de cómo denunciar este tipo de delitos.

Durante el breve debate de esta madrugada, la diputada Alicia Aparicio (Frente de Todos) destacó que en la lucha contra el grooming "la capacitación es fundamental para que los adultos responsables puedan tomar conciencia de los peligros de Internet e involucrarse para poder prevenir".

La también oficialista Laura Russo manifestó que por la pandemia "se ha intensificado el uso de las redes sociales y de la conectividad en general", y que en este contexto, "el ciberacoso es la antesala de otros delitos como la trata de personas, la pornografía infantil, entre otros".

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Por grooming o ciberacoso se entiende a la acción en la que una persona, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacta a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual.

El caso Micaela Ortega

La ley aprobada esta madrugada llevará el nombre de “Mica Ortega”, en referencia al caso de una niña de 12 años que en 2016 fue asesinada en Bahía Blanca por un hombre que la contactó a través de Facebook mediante un perfil falso.

Tras su desaparición, el cuerpo de Micaela Ortega fue encontrado un mes más tarde en un descampado ubicado en las afueras de la ciudad, donde se cree que el agresor intentó abusarla, le robó y luego la mató.

Un año después del crimen, en octubre de 2017, Jonathan Luna fue condenado por "homicidio triplemente calificado por haberse cometido sobre una mujer, por violencia de género, alevosía y para ocultar otros delitos en concurso real con acoso tecnológico y robo".

Qué implica la ley

Según se estableció, la ley dispondrá la inclusión como pantalla de inicio de teléfonos celulares, teléfonos inteligentes, tablets, y otros dispositivos tecnológicos, la siguiente información:a) Peligrosidad de sobreexposición en las redes de niñas, niños y adolescentes.

b) Información acerca de la existencia de delitos cibernéticos.

c) Aconsejar el rechazo de los mensajes de tipo pornográfico.

d) Advertir sobre la peligrosidad de publicar fotos propias o de amistades.

e) Recomendar la utilización de perfiles privados en las redes sociales.

f) Sugerir no aceptar en redes sociales a personas desconocidas.

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g) Hacer hincapié en el derecho a la privacidad de datos y de imágenes.

h) Aconsejar el mantenimiento seguro del dispositivo electrónico y la utilización de programas para proteger el ordenador contra el software malintencionado.

i) Brindar información respecto a cómo actuar ante un delito informático.

j) Informar respecto a la importancia de conservar pruebas tales como conversaciones, mensajes, capturas de pantalla, en caso de haberse producido una situación de acoso.

k) Facilitar información acerca de dónde se deben denunciar este tipo de delitos.

Para lograr la implementación de este aspecto se va a requerir, en el momento de la reglamentación, un consenso y un acuerdo con las empresas proveedoras de telecomunicaciones, para lo cual se irán generando las herramientas adecuadas.

A su vez, se dispuso crear una página web con información referida al grooming o ciberacoso y al uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, destinada a la población en general y a la comunidad educativa en particular, con el fin de que obtengan material de información, prevención y capacitación. Por su parte, el Poder Ejecutivo podrá celebrar convenios con organismos que propongan a la implementación del programa. También se buscará coordinar un equipo interdisciplinario integrado por profesionales especialistas en la materia, que elabore planes de acción sobre prevención y concientización. De la misma manera, la ley tendrá como objetivo organizar espacios de reflexión y debate en establecimientos educativos que reúna a niñas, niños y adolescentes y a sus padres, madres y/o tutores/as con el objeto de capacitarlos mediante talleres, seminarios y clases especiales. La iniciativa pretende promover y difundir investigaciones relacionadas a la problemática del grooming o ciberacoso; y fiscalizar y verificar el cumplimiento de la ley, disponiendo la aplicación de las sanciones que correspondan en caso de infracción a la misma.

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