22 Abril de 2021 15:12
El Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de su Gerencia de Comunicación Estratégica, dio a conocer la creación las Cuentas especiales para fondos del Régimen de Incentivo a la Construcción.
Para eso, las entidades financieras deberán habilitar una Cuenta Especial de Depósito Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar), que podrá ser en pesos y/o dólares, para ser utilizada exclusivamente por los clientes que adhieran al Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.
Las entidades tendrán la obligación de abrir las cuentas en las que sólo se podrán depositar fondos incluidos en la declaración voluntaria de moneda extranjera y/o moneda nacional presentada a la AFIP y que se destinen al desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios en Argentina.
El Régimen de Incentivo a la Construcción alcanza a proyectos inmobiliarios de obras privadas nuevas (construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otros) y también a aquellas obras que, al momento de entrada en vigencia de la ley, posean un grado de avance de obra inferior a 50%.
Los beneficiarios que adhieran al Régimen de Incentivo a la Construcción podrán declarar de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional, en el país y en el exterior.
Esos fondos declarados podrán ser aplicados transitoriamente a la compra de títulos públicos nacionales e inmediatamente invertidos en los destinos que establece la ley.
Las entidades financieras deberán informar a la AFIP -conforme al procedimiento y pautas que determine el organismo- los débitos y créditos que se efectúen en estas cuentas.
Las personas físicas o jurídicas que adhieran al Régimen y tengan inconvenientes para la apertura de las cuentas podrán hacer el reclamo al responsable de atención al usuario de la entidad financiera, que pueden encontrar en: https://www.bcra.gob.ar/BC