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El fin de las cenizas: el Vaticano prohibe conservar y esparcir a difuntos cremados

Un documento aprobado por el Papa dice que la cremación "está en desacuerdo con la fe de la Iglesia", y sostiene que se muestra más aprecio a los fallecidos "si se les da sepultura".

25 Octubre de 2016 08:50
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Hasta ahora, era excéntrico pero no extraño conservar las cenizas de un familiar o esparcir las mismas en un sitio especial, como en el mar, en una cancha de fútbol o simplemente al viento. Pero eso ya no podrá ser posible: una instrucción aprobada por el Papa Francisco prohibió la "dispersión en el aire, en la tierra, o en el agua" y la "conservación en el hogar" de los restos de difuntos cremados, al mismo tiempo que ratificó su preferencia por la "sepultura" porque demuestra "un mayor aprecio por los muertos".

Las cenizas no podrán ser guardadas en los hogares.

Además, mediante una resolución que incluye ocho puntos dados a conocer hoy, se negarán las exequias a quien pida que sus cenizas sean esparcidas en la naturaleza tras la cremación. 

Lo establecido afectará las prácticas de millones de fieles en todo el mundo debido a que denostará la conversión de cenizas en recuerdo conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos. 

El cardenal Gerhard Müller firmó el acta de la "prohibición".

En resumen, quedan en el olvido los pedidos para que las cenizas sean arrojadas a ríos, mares o estadios de fútbol, así como guardarlas en las tradicionales urnas hogareñas. 

La norma, aprobada por el Santo Padre en una audiencia de marzo pasado, sólo admite la "conservación de las cenizas en un lugar sagrado", porque "puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana".

Familiares de Juan Gelman esparcen las cenizas del escritor

Por esas razones, la instrucción divulgada este martes ratifica que "no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar". 

"Cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, ésta no debe ser contraria a la voluntad expresa del fiel difunto, la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo y por lo tanto no contiene la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo", detalla la nota firmada por el cardenal alemán Gerhard Müller, prefecto de la Congregación. 

La cremación no afecta al "alma".

Asimismo, tampoco podrán ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación. 

"Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar", sumó. 

Hasta el momento, las cremaciones estaban reguladas a través del punto 3 del canon 1176 del Código de Derecho Canónico, que no niega la cremación "a menos que esta no haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana" pero a pesar de la práctica "se extendió notablemente", según Müller.