A través del decreto 405/2023, publicado el lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó la ley 27.669 que establece el marco regulatorio del sector del cannabis medicinal y el cáñamo industrial, y que abarca “a la cadena de producción y comercialización nacional o con fines de exportación para promover el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial”.
Esta medida se formalizó después de 15 meses de la sanción de la ley en el Congreso de la Nación, ocurrida el 5 de mayo de 2022 y promulgada tres semanas después a través del decreto 266/2022. A través de la norma se establece el funcionamiento de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (Ariccame), del Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo y Cannabis Medicinal y del Consejo Consultivo Honorario, que estará integrado por 20 miembros titulares e igual número de suplentes, y que no cobrarán por su función.
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Además se incorpora el sistema de Ventanilla Única para la Industria del Cáñamo y el Cannabis Medicinal, para la gestión de trámites vinculados a la emisión de autorizaciones, licencias y certificaciones necesarias. Del cual se aclaró en el decreto: "Tiene por objetivo principal proporcionar una mayor eficiencia en las gestiones y trámites, unificar procedimientos administrativos y expedientes, dar intervención a los organismos con competencias específicas involucrados y facilitar el acceso y difusión de la información de manera homologada, estandarizada, actualizada e integrada".
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En el mismo sentido, la ley deja en claro que la Ariccame será "el organismo competente para reglar, controlar y emitir las autorizaciones administrativas con respecto al uso de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados". Y que el marco regulatorio tendrá bajo su órbita a "la cadena de producción y comercialización nacional o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial; promoviendo así el desarrollo nacional de la cadena productiva sectorial".
Además indica: “La Aricamme regulará la importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación, comercialización y adquisición, por cualquier título de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o industriales". Y completa: “Tendrá a su cargo la regulación y fiscalización de la actividad productiva de la industria del cannabis, su comercialización y distribución, para uso medicinal e industrial en el territorio nacional, en todo lo referente al registro, control y trazabilidad de semillas, insumos críticos y productos derivados del cannabis, en el marco de un proceso industrial debidamente autorizado y habilitado".