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El reino del revés: una familia necesita $1,4 millones para no ser "pobre", pero con 1.5 pagás Ganancias

Las elevadas subas en las tarifas del subte, telefonía, Internet y medicina prepaga elevaron el nivel de pobreza a más del 60%.

25 Julio de 2024 09:00
Javier Milei en San Juan
Javier Milei en San Juan

La disparada en las tarifas de servicios, que en algunos casos acumulan un alza del 800%, llevó a que una familia tipo necesitase casi $1,4 millones para afrontar sus gastos el mes pasado. El análisis hecho por el Centro de Educación Servicios y Asesoramiento al Consumidor (CESyAC), destaca por qué la pobreza alcanzó niveles récord en la Argentina, con casi el 60% de la población en esa situación, y sostiene que en este dramático contexto una familia tipo necesitó $1.352.395 para pagar sus gastos de junio en la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense debido a las subas en subte, telefonía, Internet y medicina prepaga, entre otros. 

El último índice de pobreza en la Argentina mostró un incremento del 43,1% en 2022 al 44,7% en el 2023
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De acuerdo con estos números, una familia necesitó $45 mil diarios para hacer frente a los gastos mensuales. Además, $15 mil fueron para adquirir productos de consumo masivo y $29 mil para contratar los servicios básicos del hogar. Lo llamativo es que dos tercios de los ingresos de una familia se deban destinar al pago de servicios, casi 890 mil pesos. El resto, unos $462 mil, fueron destinados a la compra de productos de consumo masivo.

Los aumentos más relevantes en el rubro de productos de consumo masivo recayeron en carnes (6,8%) y bebidas (6%).  Entre los servicios básicos, los que más subieron fueron el subte (13,2%), la telefonía móvil (10%), TV por cable e Internet (10%) y medicina prepaga (8,8%). Mientras esto ocurre, el Gobierno Nacional reglamentó a través del decreto 652 la reforma al Impuesto a las Ganancias establecido en la Ley Medidas Paliativas y Relevantes. 

Sin ir más lejos, la resolución fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, y establece que cerca de 800 mil empleados, que hasta ahora estaban exentos, vuelvan a pagar ganancias. Cabe destacar que hasta que se oficializaron los cambios en el Impuesto a las Ganancias, solo tributaban los altos ingresos que superaran los 15 sueldos mínimos que en julio se iban a ubicar en los 3,5 millones de pesos.

Aumentan la luz y el gas
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Uno de los puntos de la ley que generó mayores controversias es que a partir de ahora se computarán para el cálculo del gravamen que deben pagar los trabajadores las horas extras, los premios, aguinaldo y no habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia como existía en la ley previo a los cambios instrumentados en el gobierno de Alberto Fernández. Solo se permitirán las deducciones por hijo, conyugue, alquileres, prepaga y seguro de vida    

De esta manera, los trabajadores que cobren 1,8 millón de pesos en el caso de los solteros (1,5 millón de pesos netos) comenzarán a pagar una alícuota del 5 por ciento sobre el excedente que representa 3000 pesos y que se eleva a 100 mil pesos en el caso de aquellos que cobran 2,5 millones de pesos brutos. La alícuota del 35 por ciento la pagarán aquellos que perciban salarios brutos de 4,9 millones de pesos. 

Mientras que en el caso de los casados pagarán el tributo los que ganen mas de 2, 2 millones de pesos brutos (1,9 millón de pesos) con alícuotas progresivas que van desde el 5 por ciento hasta llegar al 35 por ciento en el caso de los cobren 5, 5 millones de pesos. Esto quiere decir que en estos siete meses de gestión, el presidente Milei llevó a una familia tipo a tener que superar la línea de $1.4 millones para no caer en la pobreza y a los trabajadores a pagar ganancias en casi de que ganen más de $1.5 millones.

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Cabe destacar que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó las modificaciones en el impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia. La norma prevé que los cambios se aplican desde los haberes devengados y percibidos desde julio en adelante, es decir, que los salarios hasta junio no van a ser afectados de manera retroactiva. Sin ir más lejos, los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior. En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General.

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