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Elecciones 2021: qué pasa si no voto y cómo tengo que hacer si di positivo de Covid-19

Lo que hay que tener en cuenta si no se puede ir a votar por motivos de fuerza mayor.

26 Agosto de 2021 11:24
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Las PASO (elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias) ya están programadas para el próximo 12 de septiembre,  y las elecciones legislativas generales se llevarán adelante el próximo 14 de noviembre, fechas que se corrieron por la pandemia del coronavirus. 

La Constitución Nacional establece en el artículo 37 que el voto es obligatorio, por lo que nadie puede faltar, aunque hay motivos especiales que son contemplados por la ley. Sin embargo, los no exceptuados, si no asisten, deben pagar una multa, y en caso de no pagarla, no podrán realizar trámites durante un año en los organismos públicos.

De igual, modo, las personas que no hayan votado en las PASO, sí podrán concurrir a las generales el 14 de noviembre, pero aquellos que no presentaron alguna justificación durante los 60 días posteriores a la fecha del sufragio, deberán pagar una multa. 

La edad

En cuanto a los casos que pueden eximirse de votar, el primero, es la edad. La ley no sanciona a los menores de 18 años que no voten y  los mayores de 70 años están exceptuados de la obligación de votar, pero pueden hacerlo en caso de desearlo.

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Por enfermedad

Después tiene que ver con un cuadro de salud. La persona que se encuentre enferma o imposibilitada por fuerza mayor el día de los comicios y no asista a votar, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar esa ausencia. A partir del día de la elección tiene 60 días para presentarse en la dependencia correspondiente a su domicilio para solicitar la justificación. 

Estas causas deberán ser comprobadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.

Las personas que tengan coronavirus o sean consideradas casos sospechosos están dentro de este caso justificado. Pero si igual quieren ejercer su derecho, la Cámara Nacional Electoral estableció que el juez electoral del distrito que corresponda será quien determinará el procedimiento de emisión del voto. Este procedimiento de emisión de voto deberá, cualquiera sea la circunstancia, garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas.

Por estar a más de 500 km

De igual modo, quienes se encuentren a más de 500 km del lugar de votación el día de los comicios, debe presentate en la comisaría más próxima y pedír un certificado. Es con ese mismo certificado con el que se prueba estar a esa o mayor distancia del domicilio. En este caso también hay 60 días desde la fecha del sufragio para realizar la justificación. 

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Los que viven en el extranjero

Además, los que viven en el extranjero pero son argentinos, deberán adjuntar foto del pasaporte o documentación que acredite que no se encontraban en el país a través del Registro de Infractores . La documentación requerida puede ser solicitada en la Embajada o Consulado Argentino más cercano. 

En cuando a aquellos que deben trabajar el día de las elecciones en el horario de votación, ???????tienen derecho a una licencia especial de sus empleadores “con el objeto de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario”.

 

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