25 Abril de 2025 11:38

En un fallo crucial para el sector farmacéutico, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal -Sala I- decidió parcialmente a favor de las cámaras farmacéuticas, suspendiendo los efectos de varios artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Esta decisión impacta directamente en la venta de medicamentos fuera de las farmacias y en la posibilidad de que un farmacéutico pueda estar a cargo de más de un establecimiento.
El comunicado conjunto de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara) destacó que "la sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial". Este pronunciamiento reafirma el precedente del caso Farmacity de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, subrayando que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico.

El fallo, firmado por los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, suspendió los artículos 313 a 324 del DNU 70, junto con todas las resoluciones reglamentarias relacionadas. Con esta resolución, la Cámara Federal revierte un fallo de primera instancia que había negado la cautelar a los farmacéuticos, apoyando previamente la postura del Gobierno.
La normativa gubernamental -que impulsó el gobierno de La Libertad Avanza a cargo de Javier Milei y llevada adelante por el ministro de Desregulación del Estado Federico Sturzenegger- permitía la venta de analgésicos y antiácidos fuera de las farmacias, una disposición que ahora queda suspendida. El fallo implica que ahora se deberá esperar a que se resuelva la cuestión de fondo para determinar cómo quedarán finalmente las competencias en este ámbito.

Además, entre los artículos suspendidos se encuentra aquel que permitía a un farmacéutico atender más de una farmacia: aunque la Justicia laboral ya había sentado un precedente favorable para los farmacéuticos en este sentido, ahora el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal ratifica esa postura.
La cautelar también anula temporalmente la posibilidad de que las droguerías se constituyan como "farmacias" y vendan medicamentos directamente al público. Esta medida es vista como un escudo de derechos para mantener la integridad del servicio farmacéutico profesional.

Aunque los tres jueces coincidieron en revocar el fallo de primera instancia y conceder parcialmente la medida cautelar solicitada por COFA y Fefara, el juez Facio votó "por su voto", adhiriendo al fallo mayoritario pero con argumentos propios.
En diálogo con el medio de comunicación Clarín, Ricardo Pesenti, presidente de COFA, expresó contundente: "En el último tiempo habíamos reunido importante información sobre la venta de medicamentos por fuera de las farmacias con serias irregularidades" Pesenti señaló casos preocupantes como la venta de antibióticos a través de Internet.

"Celebramos este importante paso en la defensa del derecho a una atención farmacéutica segura y profesional", agregó en la misma línea Pesenti. Subrayó que el fallo refuerza la legitimidad de su lucha por una farmacia centrada en la salud y seguridad del paciente, pilares esenciales de un sistema sanitario justo y accesible.
Este fallo representa un revés para el Gobierno de las fuerzas del cielo de Javier Milei, que buscaba desregular la venta de medicamentos con el objetivo de fomentar una mayor competencia y, según su lógica, reducir los precios, algo que nunca sucedió. Ahora, la decisión judicial pone en pausa estos planes, priorizando la seguridad y profesionalismo en la dispensación de medicamentos.