La Legislatura porteña modificó hoy el Código Contravencional, y aprobó un proyecto que prohíbe a los "trapitos" y limpiavidrios en la Ciudad de Buenos Aires.
Entre los cambio, se destacan la imposición de multas y penas a quienes “ofrecen o prestan” servicios de estacionamiento en vía pública y que llega a días de arresto en el caso de que la actividad sea realizada por una organización de personas.
Se podrán establecer penas o multas para los "trapitos" que se instalen en la Ciudad.
Después de un largo debate en la última sesión ordinaria del año, el proyecto fue sancionado con 40 votos a favor y 20 en contra.
La prohibición de los "trapitos" fue uno de los temas que más se cuestionó durante esta semana, incluso dentro de los bloques que integran el oficialismo, cosa que quedó expuesta en el rechazo de los diputados de la Coalición Cívica en la votación.
“A partir de ahora los vecinos de la Ciudad van a tener una legislación que los proteja de las mafias que operan en el espacio público y que ahora combatiremos desde el estado con leyes más justas”, aseguró Diego Santilli, vicejefe de gobierno porteño.
La Legislatura prohibió a los "trapitos" y "limpiavidrios".
Mientras que la votación en general, en la que se debatió también la imposición de penas para aquellos que cometan acoso sexual en la vía pública, consiguió 40 votos a favor y 20 rechazos, el artículo sobre la connivencia policial con los cuidacoches sólo congregó 34 apoyos, 4 abstenciones y 21 rechazos.
El diputado Daniel Presti, de Vamos Juntos, destacó el trabajo que hicieron durante 6 meses para conformar el proyecto que llegó a la Legislatura en el día de hoy, el cual para ser aprobado definitivamente, recibió varias modificaciones.
Los cuidadoches o "limpiavidrios" que trabajen en conjunto tendrán penas mas elevadas.
Particularmente, en lo que respecta a los cuidacoches y "limpiavidrios", Presti reconoció la adopción del proyecto del diputado Roy Cortina (Partido Socialista) en el que, por ejemplo, ya no se pena a quién exige dinero sino a quien "ofrece" el servicio. Además, si bien impone multas al "trapito" que se desempeña en soledad, propone penas de arresto para las "organizaciones" y la exoneración de policías que la permitan.
De acuerdo a las modificaciones, se estableció entre 5 y 15 días de arresto a los integrantes de esa asociación "y se eleva al cuádruple para los jefes/as y/o coordinadores/as".