Un hombre y una mujer se conocen, se enamoran, se prometen amor hasta que la muerte los separe; proyectan una familia; tienen hijos y luego puede que no estén más juntos, pero las responsabilidades sobre sus retoños serán de por vida.
Esta situación puede repetirse en la vida del mismo hombre pero con distintas mujeres y así se convierten en “padres múltiples” y las madres, cada una por su lado, deberán estar atentas al patrimonio de sus hijos.
Los escándalos de la familia Maradona, que como siempre son noticia, funcionan como ejemplo. El caso de Diego y Claudia (en medio de la disputa por el faltante de 80 millones de pesos) es la eterna pelea que generan las ex parejas en búsqueda de mantener el capital de las hijas, en paralelo al del resto de los hijos existentes, por parte de otras parejas. “Ladrona”, le gritó Diego en medio de una reunión secreta con Claudia.
Claudia, Dalma, Diego y Gianinna en los buenos tiempos.
Diego tiene cuatro hijos reconocidos, de distintas parejas; Dalma, Gianinna, Jana y Dieguito Fernando. Diego Jr es el único no reconocido (aunque la Justicia italiana consideró que es hijo de Maradona), sin contar otros casos de supuestos hijos de los cuales el ex de Boca nunca admitió ni se hizo cargo. Pero a cada uno de los que lleva su apellido le corresponde una cuota alimentaria y parte de su capital como potencial herencia.
“No pensé que Claudia me iba a traicionar
Es por eso que por el conflicto que lo enfrenta a su ex mujer Claudia Villafañe por una presunta estafa millonaria, Diego pretende revocar un testamento que firmó hace algunos años en beneficio de Dalma y Gianinna, en desmedro del resto de sus hijos extra matrimoniales.
Según este testamento, las hijas recibirían un 20 por ciento adicional de los bienes de su padre por sobre el porcentaje reglamentario que les correspondía en calidad de "herederas forzosas". Es decir, además de su parte de herencia, Dalma y Gianinna percibirían un plus que se traduciría en el 52 por ciento del patrimonio total del Diez, mientras que los demás hijos obtendrían un 16 por ciento cada uno.
Diego junto a Jana, la última hija que reconoció, en el regreso de Tevez.
Justamente mañana tendrá que presentarse en los Tribunales de la Ciudad de Buenos Aires para dar explicaciones sobre un faltante de 6 millones de dólares en las cuentas de su ex marido. Además, deberá justificar cinco sociedades no declaradas que tiene en Estados Unidos más seis propiedades en Miami.
OTROS CASOS
El boxeador Jorge Fernando “Locomotora” Roña Castro tiene dieciocho hijos, que son resultado de varias relaciones. Según cuenta en distintas entrevistas el ex campeón mundial contó que mantiene vínculo con todos pese a las complicaciones que tiene con algunos de ellos por haber sido denunciado por su ex pareja por violencia verbal. De todas maneras, Roña Castro asegura que abona la cuota alimentaria para los que corresponde, siempre que sean menores de edad, y debe mantener un régimen de visitas.
En una entrevista con Susana Giménez, el ex boxeador campeón del mundo bromeó sobre su situación y contó detalles de su vida. Mirá el video.
Osvaldo, otro “multipadre”
También Daniel Osvaldo entra en este grupo de famosos “multipadres”. El ex de Boca Juniors en medio de la escandalosa separación con Jimena Barón, enfrenta las acusaciones de la actriz por no pasarle dinero y que no cumple con el régimen de visitas del pequeño Morrison. No es la primera vez que el futbolista tiene problemas con sus ex. Sus otros tres hijos Gianluca (9), Victoria (6), María Helena (3) son producto de otras dos relaciones que tuvo el jugador.
Osvaldo y Jimena barón se enfrentaron judicialmente por su hijo.
En los tiempos en que Osvaldo se radicó en Europa, el futbolista estuvo seis años en pareja con la italiana Elena Braccini, con quien tuvo a Victoria y María Helena. Luego, ante el anuncio del nacimiento de Morrison, la primera ex, Nina Oertlinger, con quien tuvo a Gianluca habló en los medios para denunciarlo por incumplimiento de la cuota alimentaria y también lo acusó de “abandonar” a su hijo y no viajar a verlo.
Las imágenes de los cuatro hijos de Osvaldo.
El abogado de familia Jorge Alejandro Mondino explica que según la legislación nacional se define a los alimentos como “toda prestación en dinero o especie, que una persona tiene derecho a recibir de otra por una obligación legal”.
"En nuestro Código Civil en el art. 372 cuando expresa: "La prestación de alimentos comprende lo necesario para la subsistencia, habitación y vestuario correspondiente a la condición del que la recibe, y también lo necesario para la asistencia en las enfermedades...", la jurisprudencia tiene dicho que también se consideran alimentos otras prestaciones como los gastos educativos, esparcimiento, funerarios, etc. La demanda por alimentos puede iniciarse sin previa sentencia de divorcio” dice Mondino y añade que el otorgamiento de alimentos a la esposa solo es para el caso de que esta sea declarada inocente en el juicio de divorcio, siempre y cuando acredite su condición de desamparada.
En el caso de los hijos, ante la separación de los padres, debe mantenérseles en la medida de las posibilidades las mismas condiciones de vida que tenían mientras sus padres cohabitaban, en el caso que lo hubieran hecho”, detalla. Y en el caso de los famosos mencionados, puede ocurrir que ambas partes de la pareja cuenten con ingresos de dinero.
Interrogante
Así surge la pregunta ¿Quién debe pasar alimentos a quién si ambos trabajan? “Si ambos trabajan contribuirán en proporción a sus ingresos. Si trabaja solo uno de ellos, la otra parte deberá estimar y probar los ingresos del otro. Puede solicitar un porcentaje de los ingresos del ex cónyuge o un monto fijo mensual. Reclamará alimentos la madre o padre en su caso quien tenga la necesidad de ser asistido dado que no puede procurárselos por si mismo. La legislación entiende que los menores de 5 años, como regla general quedan a cargo de su madre (esto puede tener excepciones) y los mayores de esa edad, si los padres no se ponen de acuerdo, se decidirá judicialmente”, precisa Mondino.
Los conflictos entre padres repercuten en los hijos.
Actualmente las cuotas alimentarias varían entre en 20 a un 40% de los haberes del alimentante, dependiendo de la decisión judicial. Si las ganancias no pueden establecerse se produce prueba sobre el nivel de vida y se presume cuáles son los ingresos que lo sustentan.
En el caso de los hijos, ante la separación de los padres, por Ley debe mantenérseles en la medida de las posibilidades las mismas condiciones de vida que tenían mientras sus padres cohabitaban, en el caso que lo hubieran hecho.
EXIGENCIAS A OTROS PARIENTES
Existe la posibilidad de que ante el incumplimiento del alimentante en la cuota alimentaria, esta sea exigida a los parientes por consanguinidad, ascendientes o descendientes sin límite de grado, a igualdad de grado, el que este en mejores condiciones para procurárselos. Dado que ha dado diferentes opiniones en cuanto quien esta obligado a contribuir con los alimentos, la jurisprudencia tiene dicho que: La obligación del pariente de prestar alimentos no es exigible sino a falta de otros más cercanos, o cuando éstos no están en condiciones de prestarlos. La obligación alimentaria de los abuelos respecto de sus nietos es de carácter subsidiario.
El Roña Castro el día de su retiro junto a dos de sus hijos.
Lo que dice la Ley
Si el menor no recibe de su padre el aporte que necesita, pese a las gestiones realizadas por su madre y no pudiendo ser revertida esta situación de inmediato, se justifica que la abuela, de quien depende económicamente el padre, aporte a su nieto lo que éste necesita para completar sus más elementales necesidades. En principio el alimentante debe abonar los alimentos en dinero. Pero puede acordarse total o parcialmente el pago en especie, esto es, mediante pagos concretos como el colegio, el club, la obra social, etc. Por más obvio que suene, todo lo mencionado, se debe repetir por cada hijo en cuestión.