Más
Actualidad

Más información en las góndolas: los alimentos y bebidas deberán tener el etiquetado frontal

La medida se aplicará en las grandes cadenas de supermercados. 

19 Agosto de 2022 17:38
1660941479409

Desde mañana, la población Argentina estará un paso más cerca de saber qué come. ¿El motivo? Desde el sábado 20 de agosto, las grandes cadenas de supermercados tendrán la obligación de exhibir el etiquetado frontal con las respectivas composiciones de cada producto.

En cada etiqueta negra, el comprador podrá saber si un producto tiene exceso de azúcares, la cantidad de grasas totales, de grasas saturadas, de calorías y de sodio. Así, tras su sanción, la ley de etiquetado frontal servirá para una alimentación adecuada y, por supuesto, el derecho a la salud.

 

Mientras el etiquetado frontal comenzará a aplicarse desde el 20 de agosto en grandes empresas supermercadistas, los pequeños o medianos comercios de alimentos contarán con un plazo hasta el 20 de febrero de 2023 para comenzar a utilizar el etiquetado de productos.

De la cumbre de los gobernadores con Massa, a las medidas económicas en análisis: las noticias del día

 

Hasta el momento, y según información del Ministerio de Salud de la Nación, un 35% de las 2.658 solicitudes de prórroga para la implementación de las etiquetas fueron aprobadas. Los pedidos de extensión de plazo tuvieron que ver con la realización de una limitación que contaba con motivos con justificación.

 

En tanto, la Administración Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnología (ANMAT) estableció el Sistema de Declaración de Sellos y Advertencias Nutricionales. Con este se dejan en claro los procedimientos y plazos para la declaración jurada, solicitudes de prórroga y casos especiales.

El Gobierno firmó convenios por USD 740 millones: será para obras públicas y seguridad alimentaria

 

Los productos que deberán contar con las etiquetas son las golosinas, mermeladas, jaleas, dulces y confituras, panificados y galletitas, embutidos y conservas cárnicas, lácteos, bebidas alcohólica, frutas y verduras procesadas. También deberán realizarlas las empresas que producen cereales y pastas, salsas y aderezos, postres y polvos para preparados, snacks, helados, sopas y caldos, café y té.

 

Con el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega) se logra la constitución de una "calculadora de sellos", que será un instrumento de acceso público y abierto para realizar los cálculos que indican cuáles son los productos cuyos nutrientes críticos son iguales o superiores a los límites definidos en la ley. Ahora, las argentinas y los argentinos sabrán, con exactitud, qué comen y toman.