El Club Atlético Argentinos Juniors comunicó que expulsará como socio al empleado funerario que se fotografió junto al féretro de Diego Armando Maradona.
"Informamos a nuestra masa societaria y medios periodísticos que, por decisión unánime de la Comisión Directiva, se eleva al Tribunal de Disciplina el pedido de expulsión como socio de la persona que se fotografió junto al féretro de Diego Armando Maradona", informó el club desde su cuenta oficial.
La foto del empleado con el cuerpo de Diego en la funeraria donde lo prepararon para su velatorio en la Casa Rosada comenzó a circular en la mañana del jueves.
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En la imagen, el hombre posa una mano sobre la cabeza de Diego y con la otra levanta un pulgar. Según pudo confirmar BigBang, fue despedido de forma inmediata.
La propia administración de la funeraria luego de que trascendieran las imágenes llamó a la ex esposa de Maradona, Claudia Villafañe, para pedirle disculpas a la familia por toda la situación y avisarles que habían tomado medidas contra el empleado.
En su cuenta de Twitter, Matías Morla, abogado del astro, anunció que tiene pensado iniciar acciones legales contra esta persona. “Ante la viralización de una imagen de Diego en su lecho de muerte, me voy a ocupar personalmente de encontrar al canalla que tomo esa fotografía. Van a pagar todos los responsables de semejante acto de cobardía”, tuiteó.
“Es el canalla que se sacó una foto junto al féretro de Diego Maradona. Por la memoria de mi amigo no voy a descansar hasta que pague por semejante aberración”, agregó.
El caso Balbín
En la Argentina hay un antecedente jurídico de un caso similar: en 1984 la revista Gente publicó fotos del lecho de muerte del líder radical Ricardo Balbín. La Justicia abrió una investigación y la publicación fue condenada a pagar una multa económica a su viuda, tras considerar que las imágenes publicadas violaban el derecho a la intimidad de la familia. Ese fallo, luego ratificado por la Corte Suprema, sentó un precedente fundamental.Según la Corte, "el lugar eminente que sin duda tiene en el régimen republicano la libertad de expresión no autoriza al desconocimiento del derecho a la privacidad, integrante también del esquema de la ordenada libertad prometida por la Constitución mediante acciones que invadan el reducto individual, máxime cuando ello ocurre de manera incompatible con elementales sentimientos de decencia decoro".