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Para renovar el DNI, el pasaporte y el registro hay que tener los certificados de vacunación al día

La nueva norma se exigirán certificados vacunatorios para realizar determinados trámites.

14 Diciembre de 2018 16:30
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El Senado aprobó ayer una ley que obliga a todos los argentinos a presentar el certificado de vacunación al día para poder tramitar o renovar el DNI, el pasaporte, la licencia de conducir, residencia o el certificado prenupcial. La normativa -que actualiza la Ley 22.909 vigente desde 1983- surgió de un proyecto del legislador tucumano Pablo Yedlin.

Los nuevos requisitos para renovar el DNI, pasaporte y registro incluyen a los adultos.

Hasta el momento, la obligatoriedad de tener las vacunas al día era solo para los niños y su certificado era requisito para inscribirse en las escuelas. En el caso de los adultos, según su edad, también necesitarán el documento para llevar adelante esos trámites. Esta actualización establece la gratuidad de la vacunación y su exención impositiva.

"El Estado deberá garantizar la compra de vacunas e insumos", explica el texto. Asimismo se estableció que el documento que habrá que presentar es el denominado Carnet Único de Vacunación (CUV), en el que deberán quedar las constancias de vacunación obligatoria y tendrá que generar el acceso a las vacunas a la población.

¿Dónde se encuentra la tarjeta?

La tarjeta será expedida por los organismos habilitados para aplicar vacunas, como hospitales (públicos y privados) y farmacias. Será exigido también para tramitar las asignaciones familiares y exámenes preocupacionales. La ley aclara, entre varias cosas, que "la falta de cumplimiento de la presentación establecida no será obstáculo en la prosecución de los trámites".

Desde el Registro Nacional de las Personas, organismo que depende del Ministerio del Interior, dijeron a que no se va a impedir la tramitación por no contar con el certificado de vacunas. El artículo 13 de la ley lo aclara cuando dice: "de modo tal de favorecer el acceso de la población a la vacunación en todas las etapas de la vida sin impedir la concreción de estos trámites".

En el caso de los adultos se pedirá tengan aplicadas las de la hepatitis B y la doble bacteriana adultos. A los que nacieron después de 1965, se incluye la triple viral (sarampión, paperas y rubéola). Los que superen esa edad sí deben darse la antigripal y las antineumocóccicas.

A su vez, la nueva legislación prevé que los adultos y tutores de menores serán los encargados de su vacunación, pero en caso de incumplimiento "generará acciones de la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente".