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Paso por paso, cómo gestionar la devolución del 35% por la compra de dólares

La AFIP ya habilitó el trámite. Todo lo que tenés que saber.

09 Febrero de 2021 09:41
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Desde ayer, los empleados en relación de dependencia y los jubilados podrá solicitarle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la devolución del 35% de retención por la compra de dólar ahorro, pagos de consumos con tarjetas de crédito en moneda extranjera, y contrataciones de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, entre otros rubros.

Esto ya es posible gracias a que el organismo habilitó dentro del servicio Siradig Trabajador una nueva opción a partir de la cual las personas que sean alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias, pueden deducir todos estos gastos.

Para hacerlo, los interesados deberán enviar toda la información correspondiente a su empleador al momento de completar el formulario 572, utilizando para las deducciones de este gravamen., para que luego la AFIP evalúe cada caso.

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Puntualmente, el contribuyente tiene que ir a la sección “Otras Retenciones, Percepciones y Pagos a Cuenta”, después elegir la opción “Pago a Cuenta - Resolución General (AFIP) 4815/2020” y ahí seleccionar los montos percibidos oportunamente.En tanto, aquellas operaciones que se hayan realizado en lo que va 2021, si bien los empleados deben informarlas mensualmente a través del mismo formulario web 572, recién se podrán computar en la liquidación anual o final.

Si la persona en cuestión no está alcanzada por el Impuesto a las Ganancias ni por el de Bienes Personales deberá tramitar este reintegro directamente con la AFIP. En este caso, los sujetos deberán contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), un Domicilio Fiscal Electrónico y una “Clave Fiscal”, obtenida de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 3.713. Además, tendrán que informar el CBU de la cuenta bancaria propia, donde se depositará el saldo a favor.

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