06 Noviembre de 2017 18:13
El Tribunal Criminal Oral N°4 de San Isidro rechazó la pena de prisión perpetua solicitada por la querella y la fiscalía para Brian Moreno, el hombre que el año pasado asesinó a su ex pareja, Débora Díaz, al considerar que actuó bajo “emoción violenta”, luego de que la mujer supuestamente le hubiera dicho que lo había engañado, y consideró que no se trató de un femicidio.
El fallo abrió la polémica y despertó el rechazo de la fiscalía. Los jueces Federico Ecke y Osvaldo Rossi condenaron a 22 años de prisión a Montenegro, en lugar de resolver la prisión perpetua, como en los femicidios, al considerar que el hombre se encontraba “profundamente enamorado” de la víctima y que actuó bajo “emoción violenta”.
Los jueces del Tribunal Criminal Oral N° 4 de San Isidro entendieron como un atenuante de la pena que Díaz le hubiera revelado a su asesino que lo engañaba con otro hombre.
El crimen ocurrió en febrero de 2016, a pesar de que Montenegro tenía una orden de restricción perimetral que le impedía acercarse al domicilio de su ex, por haberla golpeado. Sin embargo, ingresó a la vivienda, la encerró y tras discutir, la asesinó de seis puñaladas delante de sus tres hijos, de 1, 7 y 12 años.
En el fallo, los jueces consideraron que Montenegro actuó bajo emoción violenta.
La fiscal de la causa, Carolina Carballido Catalayud, adelantó a BigBang que apelará el fallo ante la Cámara de Casación, y que sostendrán la hipótesis del femicidio. “A esta sentencia le falta perspectiva de género”, analizó.
Se trata de la misma fiscal que en junio pasado logró la condena a perpetua mediante un juicio por jurado para Fernando Farré, el femicida que en agosto de 2015 asesinó de 74 puñaladas a su esposa, Claudia Schaefer.
Todo ocurrió el 22 de febrero de 2016, en la localidad bonaerense de Pilar. Montenegro se encontraba prófugo de la Justicia. Tanto la fiscal como la abogada querellante, Lucía Ransemberg, habían solicitado la prisión perpetua.
Sin embargo, dos de los tres jueces que integran el tribunal se inclinaron por la figura de emoción violenta, y entre los fundamentos argumentaron que el acusado, en su primer acto de defensa, al ser consultado sobre el motivo de su accionar, mencionó que “sintió impotencia por lo que le contaba (su ex pareja), que se burlaba” de él.
La víctima fue apuñalada seis veces delante de sus tres hijos.
Luego, dijo que “estaba profundamente enamorado de la víctima, a pesar de sus escasos veinte años recientemente le había propuesto unirse en matrimonio. Estaba angustiado por la actitud expulsiva de su amada, intentó dialogar con la misma, pero la afirmación reseñada, en tales términos, mermó su capacidad reflexiva”.
Carballido Catalayud señaló que no esperaban una resolución de esas características por parte del tribunal oral. “Había una pericia psicológica que no le daba bien al imputado”, agregó la fiscal, consultada por BigBang. “Nunca pensé que iban a decir que no era violencia de género: los jueces dicen que las denuncias, sin aval, como dicen que pasó, no pueden ser entendidas como un contexto de violencia de género”, remarcó.
Aunque el fallo no descarta que pudo haber existido violencia de género, plantea que pudo haber una duda y favorece al imputado. “Yo voy a seguir sosteniendo que había contexto de violencia de género”, remarcó la fiscal.