Las nuevas disposiciones sanitarias que decretó el Gobierno español para ingresar al país en el marco de la pandemia de Covid-19 generaron cierto tipo de revuelo y desinformación en la Argentina. ¿El motivo? Fueron muchos los que titularon que quienes se habían vacunado con la Sputnik V o AstraZeneca no iban a poder viajar. En BigBang te detallemos el famoso artículo del decreto firmado por Pedro Sánchez que en ningún lugar sostiene que se les prohibirá el ingreso a quienes hayan sido inoculados con vacunas que no fueron aprobadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA).
De acuerdo al decreto de Sánchez, a partir de hoy "todas las personas vacunadas son bienvenidas" en España. "A partir del lunes 24 de mayo se permite la entrada de viajeros de países seguros no comunitarios y, por lo tanto, van a poder entrar en nuestro país y no van a tener que afrontar controles sanitarios a su llegada. España estará encantada de acoger a todos estos turistas", señaló en conferencia de prensa.
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La acreditación de la vacunación completa contra el Covid-19 no será condición obligada para el ingreso, sino que sólo le dará al viajero el beneficio de no tener que participar de los controles sanitarios, entre ellos el cumplimiento de una cuarentena preventiva. En efecto, el decreto establece tres requisitos sanitarios: la vacunación, un PCR negativo o un certificado médico que confirme que el turista se recuperó del Covid-19.
"A los pasajeros procedentes de países o zonas de riesgo, considerados como tal en función de la valoración de su situación epidemiológica en cada momento, se exigirá la certificación de alguno (aquí la aclaración importante) de los siguientes requisitos sanitarios: 1. Certificado que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra la Covid-19 (certificado de vacunación). 2. Certificado que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de Covid-19 que se haya realizado el titular (certificado de diagnóstico). 3. Certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la Covid-19".
¿Qué quiere decir eso? Sólo aquellas personas que fueron inoculadas con las vacunas autorizadas por la EMA (Pfizer, Moderna, AstraZeneca y Janssen) podrán ingresar a España sin tener que presentar otra documentación más que la habitual de aduana y el certificado que acredite la inoculación completa. En el caso de haber recibido las dosis de Sputnik V, Sinopharm o Sinovac, deberán presentar un PCR negativo al momento de hacer el trámite migratorio o un certificado médico que certifique que ya se cursó la enfermedad.