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Quiénes son los extranjeros no vacunados que podrán ingresar al país y qué tienen que presentar

La nueva disposición aplica para familiares, convivientes, diplomáticos, deportistas y residentes, entre otros.

10 Noviembre de 2021 10:04
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En las últimas horas, el Gobierno nacional volvió a flexibilizar los requisitos para aquellos turistas extranjeros que no cuenten con el esquema de vacunación completa contra el Covid-19. De acuerdo a la disposición publicada hoy en el Boletín Oficial, quienes podrán hacerlo son los familiares directos de argentinos o residentes en el país que deban viajar a la Argentina por "motivos familiares". La documentación que tendrán que presentar.

"Podrán hacerlo aquellos que viajen por motivo de visita familiar y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según el criterio establecido por el país de procedencia", sostiene la resolución, al tiempo que detalla que será necesario que "se emita una certificación consular remota que dé cuenta de ello en los términos que defina el Ministerio de Relaciones Exteriores".

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¿Quiénes se encuentran dentro del grupo? Hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes. Para ello, deberán presentar la partida de matrimonio o de nacimiento, la certificación de unión civil o convivencial o alguna certificación emitida por la autoridad local que pruebe la convivencia; así como el documento nacional de identidad del familiar en cuestión. Toda documentación deberá estar apostillada y se deberá declarar también la fecha programada del viaje.

También podrán hacer uso de la excepción sanitaria los extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, estudios, negocios o que formen parte de viajes oficiales de diplomáticos o sean deportistas. Ellos deberán presentar la documentación correspondiente firmada por el empleador o la contraparte comercial.

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En lo que respecta a los diplomáticos acreditados ante el Estado Argentino que hayan recibido la última dosis al menos catorce días antes de su ingreso al país, tendrán que tramitar por única vez en el Ministerio de Relaciones Exteriores una certificación consular, que les permitirá estar exceptuados de la restricción de ingreso al país.

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