Según estadísticas, una de cada tres mujeres sufrió algún tipo de abuso sexual en Argentina. El abuso sexual no requiere de acceso carnal para ser considerado como tal. Si no hay consentimiento de todas las partes, es considerado abuso. No hay fecha límite recurrir a la justicia. “Si no existieran pruebas físicas porque el hecho de abuso pasó hace mucho tiempo, se puede acreditar el hecho igual. El abuso sexual produce dos daños: los físicos y psicológicos”, afirmó el abogado Roberto Castillo. En la mayoría de los casos por falta de información, los casos no se denuncian ¿Cuándo podes denunciar un abuso sexual y qué delitos son considerados como tal?
Una de las problemáticas más influyentes en los últimos años respectan al abuso sexual es la inentendible discusión sobre su credibilidad. Si bien es un tema de agenda, debido a la ardua cantidad de casos que hay, la sociedad todavía pone en duda la veracidad de las víctimas, generando así un miedo a recurrir a la justicia.
Entrevista a Roberto Castillo
-¿Qué y cuando es considerado un abuso sexual simple y un abuso sexual con acceso carnal?
En principio la figura básica de abuso es el abuso sexual simple. Este tiene una pena de seis meses a cuatro años de prisión. Es cuando el agresor se aprovecha de que la víctima, por cualquier circunstancia, no puede libremente consentir el acto. Y a pesar de que esto no exista, el agresor realiza tocamientos en las partes íntimas de la víctima. Es decir, se aprovecha de que la víctima no puede consentir libremente el acto. Ya sea porque está intimidada, amenazada, o porque exista una relación de dependencia.
La figura básica habla de tocamientos de las partes íntimas. Ese tocamiento no debe ser un mero roce como, por ejemplo, un roce en un transporte público. Ahora, sí es un delito de abuso si la persona te toca en el colectivo para satisfacer su apetito sexual. La intención del agresor es lo que configura el delito.
El abuso sexual con acceso carnal tiene un agravante. Acá cambia la escala penal por la que se va a investigar a una persona y a futuro a condenar. Esto es de seis a 15 años de prisión. La figura típica entre ambos delitos es la misma. Lo que modifica la escala penal es si existe acceso carnal o no.
Hay algunos agravantes que elevan la pena de ocho a 20 años. Por ejemplo, cuando se comete el delito contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente entre el victimario y la víctima. O por ejemplo, cuando el hecho fuera cometido con armas, por dos o más personas, por un ministro o alguien de la educación o que está a la guarda de los chicos.
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-¿Cómo puede hacer una víctima para denunciar un hecho de abuso sexual que le ocurrió en el pasado y no tiene pruebas físicas?Si no existieran pruebas físicas porque el hecho de abuso pasó hace mucho tiempo, se puede acreditar el hecho igual. El abuso sexual produce dos daños: los físicos y psicológicos. Hay que tener en cuenta que con el paso del tiempo, el abuso sexual produce un trauma. El trauma produce un bloqueo como mecanismo de defensa que tenemos los seres humanos. Entonces como estamos transitando el trauma, muchas veces cuesta mucho tiempo descifrar ese hecho de abuso que sufrimos. Eso la justicia lo entiende, por eso es que la psicología pasa a tener un rol importantísimo en el proceso penal para esclarecer un hecho de abuso sexual. Por eso en muchos casos las víctimas denuncian después de muchos años. Generaron un bloqueo que ni a ellos les permite recordar ese hecho. Tenemos que tener presente que según psicólogos especialistas, el abuso sexual se puede comparar o equiparar con quienes viven una guerra ya que seguís transitando esos lugares donde fuiste abusado. Aunque uno no tenga lesiones físicas, uno puede recurrir a la justicia y mediante una serie de pericias se puede descifrar la credibilidad discursiva de la víctima, se puede detectar si está mintiendo.
-¿Y en cuanto a la falta de testigos?
Es un delito que se produce intramuros, entonces no existen testigos presenciales, existen testigos periféricos. Es decir, amigos a los que la hayas contado o psicólogos o madres o padres. Entonces en la justicia, entendiendo esto, pasa la psicología a tener una importancia en el proceso. Por eso se acepta que la víctima se convierta en testigo. Es decir que su palabra sea importante para condenar al agresor ya que la lesión psicológica convive con las víctimas de abuso. De hecho, la Corte Suprema ya ha dicho que las víctimas denuncian después de siete a ocho años. O al menos después de todo ese tiempo pueden contar la situación de abuso.
-¿Crees que el sistema está preparado realmente para acompañar no solo en los procesos judiciales sino en todo momento a las víctimas de abuso?
Yo creo que el sistema no está preparado para acompañar a una víctima, pero si está haciendo sus esfuerzos por mejorar. Estamos en un sistema de vía de desarrollo.
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-¿Hay algo que te gustaría que las víctimas de abuso que no se animan a denunciar sepan?Me gustaría que las víctimas de abuso sepan que el poder denunciar, más allá de que traiga aparejada o no una condena, es un paso que por mi experiencia puedo decir que es un paso muy valioso para el proceso personal para cada una de las víctimas. Porque a partir de que hablan inician un camino de reconstrucción psicológica y espiritual que me parece que es muy importante.
*Si sufrís Violencia de Género o fuiste víctima de violencia familiar y sexual podés comunicarte a los números 144 y 137 respectivamente, es gratis, y está disponible las 24 horas y todos los días