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Una por una, las nuevas aperturas que rigen desde hoy tras la baja de casos

Las medidas entran en vigencia desde hoy y hasta diciembre.

01 Octubre de 2021 09:53
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El Gobierno nacional emitió en las últimas horas un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para flexibilizar algunas de las restricciones impuestas por la pandemia de coronavirus y con el objetivo de regular las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario desde este viernes y hasta el 31 de diciembre próximo.

"Todas las actividades deberán realizarse según los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", establece el DNU, y en "ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso' o 'contacto estrecho' de COVID-19".

La resolución establece además la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario pero con "ciertas condiciones", como la "autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia" y el "test de antígeno negativo", entre otras. Además, los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales con la finalidad de contener los contagios por coronavirus.

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Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras. 

Ya no es obligatorio el uso de barbijo en la calle

Según el DNU 678 "sigue vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas) y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas". Esto quiere decir que en la calle se podrá estar sin barbijo, siempre y cuando no haya aglomeración de personas.

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Asimismo, para reducir la circulación del coronavirus, continúa siendo necesario ventilar los ambientes en forma adecuada y constante e higienizarse las manos frecuentemente.

Reuniones sociales

Respecto a las reuniones sociales, serán sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.

Autorización de viajes

De igual modo, se autorizaron los viajes de jubilados, egresados y principales de estudiantes o similares siguiendo los protocolos recomendados.

Salones de fiestas y boliches

Se  permitirá en los boliches aforo del 50%, con esquema completo de vacuna. Salones de fiestas, bailes o actividades similares: habilitado para personas que acrediten esquema completo de vacunación (14 días previos al evento) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro de las 48 horas previas al evento. Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los y las adolescentes.

Eventos masivos

Por otra parte, los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados también podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo.

Presencialidad laboral

Otra de las flexibilizaciones tiene que ver con que se establece la presencialidad en el trabajo para los empleados de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional. Solamente quedarán exceptuadas las personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis. 
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