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Alivio: la AFIP postergó la presentación de Ganancias

Por medio de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la AFIP postergó diez días la presentación de los dos impuestos. Cómo será el cronograma de pago y presentación de los documentos.

11 Abril de 2016 05:10
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Por medio de una resolución, la AFIP postergó por diez días el límite para la declaración de Bienes Personales y Ganancias. La medida fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial. Se trata del vencimiento que comprende a quienes al 31 de diciembre del año pasado posean bienes por un monto igual o superior a los 305 mil pesos.

La resolución alcanza a quienes no tienen participación en sociedades cuyo cierre de ejercicio comercial sea en diciembre, o que, teniéndolas, consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores, según se publicó en el Boletín Oficial.

El titular de la AFIP, Alberto Abad. El organismo prorroga diez días la presentación de los documentos.

La resolución firmada por el titular de la AFIP, Alberto Abad, señala que “las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas, y en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y/o sobre bienes personales, podrán efectuarse hasta las fechas del mes de abril de 2016 que, según la terminación del CUIT del contribuyente”.

Agendalo: #GananciasyBienes: El 25/4 es el vencimiento para las CUITs terminadas en 6-7-8-9 #AFIP #TuParteImporta

- AFIPComunica (@AFIPcomunica)

8 de abril de 2016

De este modo, el cronograma señala que para aquellos cuyo CUIT finalice en 0, 1 y 2, tendrán tiempo para presentar hasta el 21 de abril, y el pago será hasta el 22. La terminación del CUIT en 3,4 y 5, la presentación será el 22 como límite, y el pago, el 25. Y en 6,7,8 y 9, el 25 será la fecha límite para presentar la documentación, y el pago, el 26.

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