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La AFIP adelanta para abril el uso de la factura electrónica

La emisión de comprobantes de pago electrónico alcanza a todas las operaciones comerciales. La medida alcanzará a 190 mil contribuyentes.

28 Marzo de 2016 09:30
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El uso de la factura electrónica comenzará a implementarse a partir del próximo 1° de abril. Pese a que la resolución general 3.749 de la AFIP hablaba del 1° de julio para el comienzo de emisión de estos comprobantes electrónicos, a través del Boletín Oficial, hoy se publicó la Resolución 3840 por la cual se desprende que esta nueva forma de facturar comenzará a funcionar antes de lo previsto.

La concreción de este nuevo sistema se realizará de forma gradual, a través de un cronograma escalonado que se aplicará a "las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras, y las señas o anticipos que congelen precio, a todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado", según consigna la normativa.

Más de 190.000 contribuyentes serán alcanzados por este nuevo régimen que obliga a emitir sus comprobantes de ventas bajo el modelo de facturación electrónica.

Más de 190.000 contribuyentes deberán acoplarse al nuevo régimen de facturación.

El cronograma de implementación se dividirá según el tipo de operaciones:

Los primeros serán los responsables con operaciones por un importe igual o superior a $ 2 millones que deberán incluir este tipo de facturas desde el día 1 de abril de 2016.

El 1°de julio será el turno de aquellos individuos con operaciones por un importe igual o superior a $ 500 mil e inferior a $ 2 millones.

Los contribuyentes que realicen operaciones de menos de $ 500 mil deberán acoplarse al nuevo sistema desde el día 1° de noviembre de 2016. "Se considerarán las ventas de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios, locaciones de cosas y de obras gravadas, no gravadas o exentas, inclusive las ventas de bienes de uso y las exportaciones, netas de todo impuesto", remarca la resolución.

Quienes realicen operaciones de venta de ganado o venta de carnes o subproductos  deberán atenerse a los establecido en la Resolución anterior y realizar la emisión de comprobantes electrónicos a partir del 1° de abril de este año, independientemente del monto de ventas netas efectuadas durante el año 2015.

La obligación de emisión de comprobantes electrónicos originales se aplicará a partir del día 1 de noviembre de 2016.

La factura electrónica ofrece mayor control fiscal y ventajas operativas para los comerciantes.

Ventajas

El régimen de factura electrónica desembarca para llegar a tener un control más exhaustivo de las operaciones comerciales, a la vez que otorga algunas ventajas para los comerciantes. Según la compañía rosarina de servicios de software Neuralsoft, la despapelización es uno de los mayores beneficios, dado que un documento es transformado en una imagen digital y es almacenado en una base de datos, pudiendo acceder al mismo desde múltiples ubicaciones sin necesidad de tener que acudir al documento físico. Esto a la vez redundará en un ahorro de insumos como tóner y cartuchos, sobres, correo y distribución, ya que las facturas electrónicas se envían vía mail.

Por otro lado los comprobantes electrónicos otorgan la posibilidad de anticipar el cobro, dado que no se ve afectada por los tiempos de distribución física y llega antes al cliente.

"Una vez que el sistema está en pleno funcionamiento, se automatizan los procesos y el tiempo para la facturación es hasta un 80% menor al utilizado haciéndolo en forma manual", indican desde Neuralsoft

En la nueva resolución también se contemplan a aquellos contribuyentes que, por problemas estructurales o regionales de conectividad, no tengan acceso a internet. En ese caso deberán, con carácter de declaración jurada, informar esta situación ante la cartera que preside Alberto Abad.

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