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Lo que hay que saber del nuevo régimen de Monotributo

La AFIP anunció las modificaciones en el esquema de categorías y ahora podrá recategorizar a un contribuyente.

08 Febrero de 2017 04:02
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso cambios en el esquema de categorías del monotributo y aplicará una serie de medidas que avanzan en el uso de la vía electrónica y que implican, a la vez, un mayor poder de control estatal.

La AFIP dispuso cambios en el esquema del monotributo. 

La novedad anunciada ayer por el jefe de la AFIP, Alberto Abad, y el subdirector general de Servicios al Contribuyente, Sergio Rufail, es que el ente recaudador realizará recategorizaciones de oficio cuando detecte que el contribuyente tiene acreditaciones bancarias o gastos que no coinciden con el nivel de ingresos declarado.

Abad anunció las modificaciones en el régimen tributario. 

El criterio para hacer los cambios será simple. Los movimientos de dinero que superen el límite de ingresos permitidos en la categoría individual: un 20 % para quienes realizan actividades de servicios, y un 30 en caso de los que están en el sector comercio.

Así, quienes sufran el cambio de categoría, serán notificados a través del domicilio fiscal electrónico del contribuyente, es decir, un mensaje que la AFIP enviará en una ventanilla digital a la que se accede sólo con clave fiscal en el sitio web del organismo.

La recategorización será anunciada a través de la web.

Este no será sólo el único cambio impuesto por la administración de Abad. BigBang resumió las claves de un nuevo régimen que será publicado hoy en el Boletín Oficial.

Recategorización: si la AFIP detecta inconsistencias, podrá colocar a un contribuyente en una categoría diferente a la declarada inicialmente.

Factura electrónica: la facturación online hoy es obligatoria a partir de la categoría H; en mayo lo será para las F y G (ingresos anuales de hasta $ 504.000).

Domicilio electrónico: se deberá adherir hasta el 30 de septiembre al domicilio fiscal electrónico, que reemplaza a un domicilio físico para las notificaciones de la AFIP.

Pago por vía bancaria: para noviembre, todos los monotributistas estarán obligados a pagar por alguna modalidad que implique contar con una cuenta bancaria.

Categorización anual: una vez por año, en septiembre, será obligatorio ingresar al trámite de recategorización, aunque sólo sea para confirmar la posición en la tabla.

Nueva aplicación: desde hoy funcionará una app para monotributistas, desde la cual se podrán hacer varios trámites y recibir notificaciones electrónicas.

71.116 nuevos inscriptos: es la cantidad de contribuyentes que adhirieron al monotributo en enero. Pueden inscribirse quienes facturen hasta $ 700.000 al año (prestación de servicios) y hasta $ 1,05 millones (venta de bienes).

3.210.353: es el total de contribuyentes al monotributo. De ellos, 2.685.687 son monotributistas puros. El mayor porcentaje está inscripto en la categoría A, de menor facturación anual (hasta $ 84.00).

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