En base a lo dispuesto hace algunos días por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la resolución 4707/20, desde este lunes y hasta el próximo 29 de mayo, los monotributistas y autónomos que cumplan con los criterios de elegibilidad dispuestos por la Jefatura de Gabinete podrán inscribirse para acceder un crédito a tasa cero de hasta $150.000.
Para solicitar el crédito, lo primero que las personas necesitan es una Clave Fiscal (nivel de seguridad 2) y haber registrado el domicilio fiscal electrónico -correo y teléfono establecidos como canal de contacto- en la web de la AFIP.
Al finalizar la carga de la información requerida, los datos serán remitidos al Banco Central para su verificación. Si ese procedimiento determina que la solicitud no puede avanzar, el sistema indicará al monotributista o autónomo los motivos por los cuales se deniega el crédito.
Este crédito es a tasa cero y se entregará en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas en la tarjeta. En caso de no tener una tarjeta de crédito, el Banco Central (BCRA) ordenó a las entidades financieras que les garanticen una a estos clientes sin ningún costo, de modo que puedan utilizar el crédito que le fue asignado.
Lo que es importante tener en cuenta, es que quienes accedan al crédito tendrán un periodo de gracia de seis meses a partir de la primera acreditación, y una vez que finalice ese tiempo, devolverán el dinero en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Además, hay que saber que a cada una de las cuotas acreditadas se le adicionará el equivalente al pago de impuestos integrado y cotizaciones previsionales o aportes previsionales obligatorios.
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La medida fue reglamentada en el Boletín Oficial el pasado 29 de abril, con el objetivo de ayudar a los monotributistas y trabajadores autónomos afectados por la cuarentena impuesta hace varias semanas por la pandemia del coronavirus.