09 Junio de 2016 18:43
La mayoría de los jubilados, se sabe, tiene cada vez más dificultades para llegar a fin de mes. Algunos pueden usar los ahorros de su vida, pero otros no tienen más opción que aceptar la ayuda de sus hijos. Por eso, según El Cronista, cada vez se conocen más casos del "usufructo por renta vitalicia".
Usufructo por renta vitalicia: un negocio que beneficia tanto al inversor como al jubilado.
Este sistema, aceptado incluso por las inmobiliarias, consiste en que un inversor le compre el departamento de un jubilado que cobre las cuotas mensualmente hasta el momento de fallecer. De esta manera, el primero se hace en un futuro de un inmueble mientras que el segundo dispone de su hogar y de más dinero para disfrutar de sus años de vida.
Por caso, una persona de 85 años con 10 años más de expectativa de vida puede obtener una renta mensual de US$ 800 a cambio de que el inversor se haga de la propiedad valuada en US$ 100.000 al momento del fallecimiento. La cuota la calcula la compañía de seguro interviniente.
El inversor se queda a posteriori con el inmueble; el jubilado recibe una renta mensual hasta su muerte.
Claro está que son varios los factores a la hora de considerar este negocio que satisface a ambas partes: expectativa de vida del jubilado, valor del inmueble, ubicación del mismo, aceptación o no de sus herederos.
Finalmente, el inversor está obligado a cumplir con su compromiso todos los meses porque, caso contrario, el jubilado podrá recuperar el título de propiedad, pero el inversor no podrá reclamar la renta ya pagada.