El Banco Central anunció este viernes que las entidades del sistema financiero deberán refinanciar en forma automática los saldos impagos de tarjetas de crédito a un año de plazo, con al menos 3 meses de gracia y 9 cuotas mensuales iguales y consecutivas. También bajó la tasa que se cobra por ese financiamiento del 49% al 43%.
La decisión se tomó en el actual contexto de emergencia por la pandemia de coronavrus, con el fin de que los clientes que no puedan, o no quieran por diferentes motivos, pagar el total del vencimiento puedan hacerlo sin realizar trámites para acceder a este beneficio.
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“El vencimiento de los resúmenes de las tarjetas de crédito operados entre el 20 de marzo y el 12 de abril fue trasladado al 13 de abril, sin generar intereses resarcitorios, por comunicación del Banco Central. La entidad dispuso ahora por la Comunicación A 6964 que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito que operen a partir del 13 de abril y hasta el 30 de abril deberán ser automáticamente refinanciados, sin necesidad de trámite alguno por parte del titular de la cuenta”, explica el comunicado de la entidad conducida por Miguel Pesce.
De este modo, los bancos emisores de los plásticos deben ofrecer "al menos tres meses de gracia y 9 cuotas fijas de tal manera que las cuotas adeudadas comenzarán a pagarse en agosto a un valor de $147 por cada $1.000 refinanciados".
Esos saldos refinanciados podrán ser precancelados total o parcialmente en cualquier momento y sin costo -excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación- cuando el cliente lo requiera.
EL BCRA también recordó que tanto el débito directo como el débito automático en la propia entidad financiera pueden ser reversados a solicitud de los clientes dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha del débito y la devolución de los fondos debe operar dentro de los 3 días hábiles de la solicitud.
La circular del BCRA dispuso además una reducción a 43% (hoy establecido en 49 %), con vigencia a partir del 13 de abril, de la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito. En marzo se estableció un tope de 55% que luego bajó a 49% y ahora a 43%, con la eliminación de los intereses punitorios.