24 Julio de 2018 17:30
El pasado 3 de julio Nahir Galarza fue condenada a prisión perpetua por el Tribunal de Gualeguaychú. Allí los jueces comunicaron su decisión, aunque recién este martes leyeron los fundamentos del fallo que consideró a la joven de 19 años como responsable del asesinato de su novio, Fernando Pastorizzo.
Según revelaron los jueces, la muerte del chico de 20 años ocurrió como parte de un plan pensado con frialdad por la estudiante de abogacía, quien ejecutó su idea después de que Pastorizzo le dijera que quería terminar la relación.
Nahir Galarza fue condenada a prisión perpetua el pasado 3 de julio.
Hace tres semanas, los jueces Mauricio Derudi, Arturo Dumón y Alicia Vivian declararon a Galarza como autora penalmente responsable del delito de homicidio calificado por la relación de pareja. Además, allí resolvieron prorrogar la prisión preventiva para la joven hasta que la sentencia quede firme, o bien hasta que la Cámara de Casación Penal adopte una resolución diferente.
Ahora, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú explicó en sus fundamentos que quedó determinado que el arma con que Galarza le disparó a Pastorizzo estuvo siempre en poder de ella y que esa noche los jóvenes no tuvieron una discusión violenta como sí lo indicó la acusada.
Según la Justicia, Galarza planeó el crimen de Fernando Pastorizzo.
Aunque Galarza indicó que el día del asesinato sólo llevaba puesto un short y una remera, un testigo que la vio alejarse del lugar confirmó que también tenía en su poder un buzo, prenda que la Justicia cree que usó para ocultar el arma.
En relación a esto, el documento judicial desestima que la muerte de Pastorizzo se haya tratado de manera accidental, ya que se tuvo en cuenta la "imposibilidad" de que el primer disparo se pueda haber efectuado desde arriba de la moto", como Galarza declaró.
La Justicia desestimó que los disparos que recibió Pastorizzo hayan sido accidentales.
En este sentido, el abogado de la mamá de Pastorizzo, Rubén Maríe Virué, explicó que la "alevosía" quedó establecida, ya que "cuando la acusada concurrió a la casa del fallecido la noche del 28 de diciembre, no fue a buscar el cargador como lo expresara en su declaración, sino que lo hizo en el marco del plan criminal que empezó a elaborar desde que Fernando le dijo que no seguía más con la relación".
"A la madrugada se produce la salida de ambos y el traslado en la moto, y como parte del plan llevaba escondida el arma homicida. Galarza escogió el escenario ideal para ultimar a Fernando, en un lugar apropiado y luego de haber restaurado la confianza con éste, extrayendo el arma cuando el occiso frena la moto, y disparando a quemarropa sin sospechar la víctima que algo así podía ocurrir; ello fue parte de un plan preordenado, rematando al fallecido en el piso, y destacando que los dos disparos que se efectuaron fueron certeros y directos al corazón", aclaró en su explicación.
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Además, agregó que durante la investigación nunca se pudo determinar que Galarza sufriera de violencia de género, ya que los únicos testigos que aseguraron que la joven era golpeada fueron su abuela y una vecina, a la que se la imputó por falso testimonio.
Sobre esto, el juez Arturo Dumón sostuvo que "queda claro entonces que ambos se encontraban en un plano de absoluta igualdad en el trato y en la relación, en cuyo marco Fernando Pastorizzo no imponía su voluntad sobre Nahir Galarza, no verificándose en absoluto una situación de desigual de poder ni, por ende, subordinación y sometimiento de la encausada hacia el fallecido".
Los jueces determinaron que existía una relación de preja por las fotos y mensajes que analizaron.
Acerca de la relación de pareja que Galarza y sus abogados negaban, la Justicia determinó que en base a las fotos y mensajes de las redes sociales analizados, se pudo comprobar que ambos mantenían una relación formal desde hacía cinco años, dato que sirvió para condenar a la joven a perpetua.