El grupo neonazi que aterrorizó a la ciudad de Mar del Plata quedó más cerca del juicio oral, luego de que la Cámara Federal de esa ciudad confirmó los procesamientos contra los ochos acusados de haber protagonizado varios hechos violentos en esa ciudad.
En la resolución de 50 páginas, los jueces Alejandro Tazza, Eduardo Jiménez y Jorge Ferro descartaron las nulidades planteadas por las defensas. Y marcaron la importancia llevar la causa a debate oral “en el menor tiempo posible” para el tratamiento amplio de las cuestiones probatorias, que sustentan el expediente.
“Nos encontramos con un grupo de personas que dicen comulgar con una ideología notoriamente contraria a la libertad de elección de pensamiento y acción de todo aquel que no se ajustare a los parámetros de ese corpúsculo de adeptos a teorías de superioridad de raza, religión y orientación sexual así como también de ciertos ideales políticos que consideraban correctos”, dijeron los camaristas en su resolución.
“Entendían además -señalaron los jueces-, que esas doctrinas deben ser seguidas por el resto de la sociedad, sin que ello se mantuviera solamente en un alegato teórico, rechazable no solo desde lo moral sino contrario a principios constitucionales de libertad e igualdad (...), sino que esa intolerancia discursiva se proyectó a los hechos, desencadenando ataques físicos y verbales sobre aquellos que esa 'pandilla' consideraba que debían ser amedrentados o castigados por el solo hecho de no encajar en su deplorable visión de lo que era 'normal' y 'deseable' para una sociedad”.
Se acusa a Oleksandr Levchenko, Alan Emanuel Olea, Gonzalo Paniagua, Nicolás Caputo, Franco Martín Pozas, Giuliano y Giordano Spagnolo, y una persona menor de edad, de haber actuado, en grupo o individualmente, en diversos episodios de violencia -que van desde pintadas, daños materiales, amenazas de muerte y fuertes golpizas-, informó la página Fiscales, de la Procuración General de la Nación.
Las víctimas de los ataques no son elegidas al azar, "bajo la reivindicación del nazismo y el uso y difusión de simbología vinculada a ello, cuestiones contempladas como actos discriminatorios en la ley 23.592. Esto, además de la pertenencia a un grupo organizado de personas, que actúa en relación a personas o grupos minoritarios, así como comercios que pertenecen a sujetos con militancia política o actividad social".
“No se deben perder tampoco de vista -remarcaron los jueces- las características del grupo o de la persona que como integrante de esa banda profirió las amenazas, identificándose alguno de ellos como pertenecientes a la tribu urbana denominada 'skinheads', adoptando su forma de vestir, cortes de cabello o tatuajes, así como también las ideas de homofobia, xenofobia y discriminación social que esgrimen, y la violencia con la que pretenden imponer sus ideas, por lo que no era descabellada la idea que intentaren cumplir con los males amenazados, infundiendo una lógica intranquilidad en sus destinatarios”.
Dos jóvenes de la comunidad gay fueron agredidos en Mar del Plata por un grupo de neonazis https://t.co/GDXWqsP2ZV vía @LANACION
- Marianike Baro (@Marianikeb)
En la audiencia en la que se discutieron los procesamientos, el fiscal Daniel Adler planteó que “la mejor garantía para los imputados es la pronta resolución de esta Cámara, para que este proceso sea abordado en juicio oral y público”.
“Es inadmisible comprar un grupo con otro, como se ha querido hacer acá. Las ideas nazis o de apartheid territorial han sido condenadas no sólo internacional y nacionalmente, sino también vernáculamente cuando esta Cámara se expresó en la causa por un video de apología del nacional socialismo”, dijo Adler.