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El ladrón que le disparó al turista sueco en 2018 pidió domiciliaria por miedo al Covid-19

"Chicho" Gramajo quiere volver a casa. Su víctima y el fiscal no quieren saber nada.

02 Junio de 2020 15:20
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El 26 de noviembre del año pasado, el Tribunal Oral en lo Criminal N° 16 porteño condenó a Roberto Leonel "Chicho" Gramajo (25) a 15 años y tres meses de prisión y a su cómplice, Rodrigo Armando Peláez (22), a 14 años y medio como coautores de un "robo doblemente agravado por haber causado una lesión gravísima y por haber sido cometido con arma de fuego" al turista sueco Christoffer Persson y a su compañera María Izzo

Fue el 30 de diciembre de 2018, cerca de las 23.20, cuando Persson e Izzo estaban parados en la vereda de Tacuarí al 700 y fueron abordados por Gramajo, quien bajó de un un Peugeot 207 que manejaba Peláez armado con una pistola y le exigió al sueco su teléfono. Cuando el turista intentó recuperarlo fue herido de un disparo en la pierna derecha, la cual tuvieron que amputarle luego por la gravedad de la lesión.

En las últimas horas, la defensa de Gramajo pidió la domiciliaria por el riesgo de contraer coronavirus. Pero el fiscal general Fernando Fiszer no sólo se opuso a que goce del beneficio de la domiciliaria, sino que, además, consideró que salir de prisión no garantiza que no contraiga Covid-19.

En el pedido de la domiciliaria, la defensa de Gramajo argumentó por un lado que su cliente padece hace tres años de constantes y fuertes dolores de cabeza por un grave accidente que sufrió, en el que incluso tuvo pérdida de masa encefálica.

La respuesta del fiscal ante estos planteos fue contundente. Primero, Fiszer resaltó que Gramajo está condenado por un delito grave cuya pena recién vencerá el 3 de febrero de 2035. Y que, en su caso, persiste el riesgo procesal de fuga que le valió la prisión preventiva.

Luego, el fiscal valoró la opinión de las víctimas: Persson y María Izzo, que lo acompañaba esa noche. Al ser consultados por el tribunal , se opusieron a la domiciliaria y a cualquier otro beneficio "en virtud de la violencia ejercida y las consecuencias físicas sufridas" por el hombre.

Además de analizar que de la historia clínica del imputado "no surge que Gramajo padezca de ninguna afección relevante" y que, por el contrario, "se encuentra con buen estado de salud"; el fiscal consideró en el marco de la pandemia: "Resulta evidente que las afecciones aducidas y que padece, no lo ubican en aquella población de riesgo".

Para el fiscal no se explica "por qué el encierro domiciliario garantiza en sí mismo la salud, en desmedro de las garantías que sí ofrece su lugar de detención". "Si el encarcelamiento se cursa en el domicilio, el Estado se ve limitado al control de la salud del imputado, cuyo cuidado queda a cargo de su/s garantes, aunque persiste la responsabilidad estatal", argumentó.

Y sentenció: "En síntesis, en el caso de Gramajo, no se advierte ninguna premura y ningún riesgo superior al que estamos corriendo todos los argentinos. Todo lo contrario de la descripción que acabo de hacer, se advierte que en esa unidad penitenciaria cuentan con las mejores condiciones para atender y resolver atender cualquier incidencia". 

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