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Gatillo fácil: rechazaron el sobreseimiento de los policías que mataron al remisero en Villa Crespo

El oficial primero Ramón Darío Pérez, la inspectora Beatriz Alejandra Manzanelli y la oficial Daniela Iabel López seguirán procesados por el delito de "homicidio agravado por ser miembros de la Policía de la Ciudad y por el uso de armas de fuego".

14 Noviembre de 2019 16:06
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Los jueces de la sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional porteña resolvieron este jueves rechazar el pedido de sobreseimiento realizado en los últimos días por los abogados defensores de los tres policías que el pasado 1° de octubre asesinaron a balazos al remisero Claudio Romano en el barrio de Villa Crespo. De esta manera, los acusados seguirán procesados por el delito de "homicidio agravado por ser miembros de la Policía de la Ciudad y por el uso de armas de fuego", por lo que ahora continúa la instrucción de la causa hasta que se pida la elevación a juicio.

Además, en el fallo los magistrados negaron rotundamente que la víctima se haya querido suicidar antes de ser atacado por los oficiales o incluso durante el enfrentamiento, hipótesis que fue instalada por la policía desde el comienzo de la investigación.

En base a lo que se pudo reconstruir en estos meses con las pericias y los registros fílmicos, se determinó que el pasado 1° de octubre el oficial primero Ramón Darío Pérez, la inspectora Beatriz Alejandra Manzanelli y la oficial Daniela Iabel López le dispararon a Claudio Romano luego de que la víctima se bajara de su auto ensangrentado y con algunos cortes en su abdomen y muñecas.

Gracias a las imágenes de las cámaras de seguridad de la zona, se pudo comprobar que el hombre fallecido se acercó a la ventanilla del auto del lado del conductor, y que con una navaja que portaba previamente, le hizo unos cortes al oficial que manejaba el patrullero. Luego de eso, las cosas se salieron de control, y sin intentar retenerlo o desarmarlo, los policías le dispararon varias veces hasta matarlo.

A raíz de esto, es que la jueza en lo Criminal y Correccional N° 49, Ángeles Gómez Maiorano, decidió el pasado 18 de octubre procesar a los tres implicados por el delito de "homicidio agravado por ser miembros de la Policía de la Ciudad y por el uso de armas de fuego", calificación que los abogados defensores apelaron. De este modo, este lunes se llevó a cabo una audiencia en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional porteña, en la cual los abogados de los acusados pidieron el sobreseimiento de sus clientes, mientras que la querella y la fiscalía solicitaron que se mantenga el procesamiento en su contra.

Ante esta situación, finalmente este jueves los magistrados Julio Marcelo Lucini, Mariano González y Palazzo Magdalena Laíño resolvieron no hacer lugar al sobreseimiento, debido a que consideran que los disparos que efectuaron contra Romano fueron totalmente innecesarios, ya que la situación de peligro ya había pasado porque el agresor estaba reducido en el suelo. De todos modos, los tres continuarán en libertad porque la Cámara no consideró que fuera necesario dictar una prisión preventiva.

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"El problema se presenta una vez que Romano queda inmóvil en el suelo, con su capacidad ofensiva sumamente reducida y, aun así, los disparos sobre él no sólo continuaron, sino que se multiplicaron. Y aun cuando desde una mirada amplia se pueda entender que la agresión no había cesado, en la medida en que Romano permanecía moviendo el cuchillo desde el suelo -lo que podría representar una mínima amenaza-, de modo alguno puede equipararse al primer tramo como para habilitar el uso de sus armas; mucho menos en cinco ocasiones", argumentaron.

Rechazaron el sobreseimiento de los policías que mataron a Claudio Romano 

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De este modo, la Cámara consideró que la respuesta de los policías fue "desproporcionada" porque sus vidas, ni tampoco las de terceros, estaban en peligro cuando la víctima estaba acostada en suelo.

"Romano estaba herido y la corta distancia a la que hacen referencia los funcionarios como posibilidad de ser alcanzados por el cuchillo fue propuesta por ellos. Es decir, bastaba con que se alejaran pocos metros para neutralizar toda amenaza. Ya tenía heridas ambas piernas y no podía levantarse para arremeter nuevamente contra ellos, que lo sabían porque fueron los autores de esas lesiones. Por eso, los disparos contra un hombre herido de bala, tendido en el suelo, fueron completamente innecesarios ante el supuesto riesgo que representaba que, insistimos, no era de modo alguno asimilable al inicial. La capacidad letal de un arma blanca en ese contexto era prácticamente nula, aun en caso de ser arrojado contra una persona como se verificó en la escena", agregaron.

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En base a esta explicación, los magistrados aclararon que los acusados tuvieron la chance de actuar de otro modo, porque podrían haber controlado la situación con gas pimienta, una tonfa o esposas, solicitando refuerzos, o incluso, con la simple opción de alejarse un poco de la escena.

"Ellos, con superioridad numérica, manejaban la proximidad con quien estimaban fuente de peligro, por lo que tomar distancia era la primera opción menos lesiva. Pero ni siquiera acordaron la forma de abordarlo para evitar tantas lesiones -la autopsia verificó al menos 8 en el cuerpo-; todos lo hicieron al unísono en un claro supuesto de coautoría aditiva", indicaron.

Ante este fallo, la abogada de la familia de Romano, María del Carmen Verdú, sostuvo a BigBang que los abogados defensores ya no podrán discutir el procesamiento de sus clientes, aunque hay otras "cosas apelables en el medio". "Ahora sigue la instrucción hasta que haya elevación a juicio de la causa y luego se sorteará el TOC", aclaró la letrada de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi).

En el documento, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional porteña también desestimó la hipótesis de que Romano haya querido quitarse la vida de manera previa al ataque, a la vez que descartaron la posibilidad de que haya ocurrido un “suicidio por transferencia”, teoría que los policías instalaron desde el comienzo de la investigación.

"En nada incide que la víctima hubiese buscado que alguien terminara con su vida como forma de 'suicidio por transferencia', dado que no sólo tal extremo no está probado en la causa -apenas el médico que hizo la autopsia, Rullan Corna, lo deslizó como una posibilidad ante una pregunta del recurrente-, sino que tampoco está previsto en nuestra legislación como forma de atipicidad, causa de justificación o exclusión de la culpabilidad", indicaron sobre este tema.

Luego de esta confirmación oficial, la novia de la víctima, Lucía Sánchez, insistió a este portal que "el tema del suicidio fue algo que quiso instalar la policía" para perjudicar a la víctima. "Desde el minuto que llegué a la comisaría y hablé con el comisario, me dijeron que Claudio tenía heridas autoinfringidas, y yo le dije que no les creía", dijo. En este sentido, ella cree que el hombre fallecido fue atacado antes por los policías, y que luego, ya herido, fue a buscarlos y en ese momento se desarrollo el ataque.