27 Noviembre de 2024 12:05
La familia de Fernando Pastorizzo finalmente recibió la noticia que esperó durante casi siete años: la Corte Suprema desestimó el último recurso presentado por los abogados de Nahir Galarza y la asesina deberá cumplir la condena completa por el asesinato del joven de 20 años, que tuvo lugar en la madrugada del 29 de diciembre de 2017 en Gualeguaychú.
El máximo Tribunal dejó firme la condena, por lo que Galarza seguirá presa hasta el 2052; año en el que cumplirá 52. El fallo, que cuenta con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkratz y Juan Carlos Maqueda, desestima una por una todas las "nuevas versiones" del asesinato que la propia condenada dio durante todas las instancias de apelación.
La última presentación que realizaron los abogados de Galarza tuvo lugar en julio de este año, semanas después de que se estrenara la serie Nahir, de la plataforma Prime Video, en la que la joven condenada intentó instalar su "versión de los hechos" y llegó incluso a acusar a su propio padre, el ex policía Marcelo Galarza.
En esa oportunidad, la defensa solicitó la reposición del veredicto de la Corte porque "en esa decisión existieron 'errores esenciales' en la apreciación de los antecedentes del caso y que, de no ser subsanados, se violentarían derechos constitucionales y convencionales".
Además, reclamaron la inconstitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que sostiene: "Cuando la Corte Suprema conociere por recurso extraordinario, la recepción de la causa implicará el llamamiento de autos. La Corte sólo mediante resolución fundada podrá rechazar el recurso extraordinario".
¿Cuál fue la respuesta del máximo Tribunal? "Toda vez que la parte recurrente no pudo desconocer que el citado artículo faculta a la Corte a resolver de ese modo (...), de modo que debió plantear tales cuestiones al tiempo de interponer el recurso extraordinario".
Con respecto al asesinato, el tribunal descartó la hipótesis presentada por la defensa de Galarza sobre una presunta situación de violencia de género entre Pastorizzo y Galarza. Además, mantuvo el agravante de "relación de pareja" -una de las principales batallas durante el juicio- y ratificó que Galarza asesinó a su novio de dos disparos.
El primero, tal y como se pudo reconstruir en el juicio con las pericias balísticas, se efectuó de espaldas; cuando ambos todavía estaban abordo de la moto de la víctima, en la puerta de la casa de la abuela de la asesina.
"El segundo disparo -ya con la víctima en el suelo y con la asesina de frente- tuvo claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo, porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso minutos después", ratificó la Corte.