12 Agosto de 2020 17:01
El Tribunal de Casación Penal bonaerense anuló este miércoles el fallo que absolvió a los tres hombres acusados de haber provocado la muerte de la adolescente Lucía Pérez en octubre del 2016 en la ciudad de Mar del Plata. Además, los jueces ordenaron que se realice un nuevo debate "con la premura que el caso amerita".
En una resolución de la sala IV de Casación bonaerense se anuló el veredicto del juicio realizado en 2018 en el que fueron absueltos por el Tribunal Oral N° 1 de Mar del Plata los imputados Matías Gabriel Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Alberto Maciel.
La información fue confirmada a este sitio por el papá de la adolescente, Guillermo Pérez, quien además aclaró que los jueces Mario Kohan, Carlos Natiello y Fernando Mancini ordenaron llevar a cabo un nuevo proceso para juzgar el hecho.
En concreto, se dispuso hacer lugar al recurso interpuesto por la Fiscalía General de Mar del Plata y por la querella, y se anuló la absolución de Farías y Offidani respecto a los delitos de abuso sexual en concurso ideal con femicidio, aunque sí confirmó la condena de ambos por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo. Casación también anuló la absolución de Alejandro Maciel, el tercer acusado a quien la fiscalía le había retirado la acusación durante el debate.
Según publicaron medios marplatenses, los jueces de Casación encontraron “expresiones subjetivas explicitadas en la sentencia, que aparecieron como prefijando conceptos en el razonamiento de los magistrados”, y aclararon que en esta instancia "no se está juzgando a la víctima sino a los eventuales victimarios”.
En detalle, el juez Natiello habló de un “déficit de imparcialidad” de los jueces de tribunal marplatense que “se manifestó palmaria y expresamente -aunque obviamente no lo haya sido de manera intencional, por supuesto- en un preconcepto respecto de las actividades y hábitos de la víctima, y fue en base a ese ilegítimo argumento subjetivo en que se edificaron su posición o postura al respecto”.
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Además, indicaron que el fallo “inexplicablemente se enfoca a indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter, y en distinguir la conducta de los imputados, y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal”, como así también explicaron que el fallo se fundó “en intolerables prejuicios y suposiciones basados en estereotipos de género”.
El caso y el juicio
El femicido de Lucía Pérez ocurrió el 8 de octubre de 2016, después de que la joven fuera contactada por Matías Farías, uno de los principales acusados de su muerte. Según quedó determinado en las audiencias del juicio, Farías y Offidani vendían droga en escuelas a menores de edad, lo que los llevó a ofrecerle su mercancía a la adolescente de 16 años. Sin embargo, como ella les debía dinero, al otro día la llamaron para que les pagara lo que restaba.Tanto la fiscalía como la querella acusaron a Farías de haber abusado sexualmente a Pérez, y de haberle dado cocaína con ayuda de Offidani y Maciel, quien se cree que limpió la escena del crimen.