El 1° de junio del 2019, Mafalda Beatriz Secreto fue detenida, acusada de un hecho espeluznante: mató de un disparo y descuartizó a su pareja, José Luis Arena, quien la golpeaba, drogaba y obligaba a prostituirse. El hecho ocurrió en la casa que ambos compartían en la localidad de Colón, ubicada en la calle 11 entre 50 y 51, en el norte de la provincia de Buenos Aires.
Aquel sábado, cerca de las 7 de la mañana, la mujer de 65 años acudió a la casa de su hermano para contarle que había asesinado a su pareja y que necesitaba ayuda para deshacerse del cadáver. Néstor Secreto decidió ayudarla en primer lugar, pero unas tres horas después se presentó en la comisaría local para informar a la Policía lo que le había dicho ella.
Cuando los efectivos llegaron al lugar encontraron allí a la mujer, quien rápidamente confesó el crimen y fue trasladada a la seccional, mientras que la casa quedó perimetrada por personal de Policía Científica y del fiscal Ignacio Uthurry. Los peritos hallaron el cadáver de Arena en un galpón ubicado en el fondo del terreno, tapado con la lona de una pileta. El cuerpo estaba boca abajo y descuartizado.
En pocas palabras, a Arena le faltaban los miembros inferiores a la altura de la rodilla, y el brazo derecho desde el codo. Además, presentaba un orificio de entrada en el maxilar derecho. La autopsia en el cuerpo reveló que el hombre agonizó por lo menos 12 horas. Por esta razón, los investigadores creen que el fallecimiento se produjo entre la noche del jueves 30 y la madrugada del viernes 31 de mayo de 2019.
Los cortes fueron realizados post mortem y tampoco fueron encontradas las extremidades faltantes del cadáver de Arena y sospechan que fueron incineradas. Los investigadores también descubrieron que la mujer había comprado una amoladora en una ferretería para llevar a cabo su cometido. En la vivienda también fueron secuestrados dos revólveres calibre 38; uno con seis cartuchos y dos vainas servidas, y el otro con cuatro cartuchos y dos faltantes.
Mafalda quedó imputada por "homicidio agravado por el vínculo y por el uso de arma de fuego" y desde la fiscalía pidieron una pena de 18 años de prisión al considerar que la "cierta perturbación de la conciencia" que padecía no alcanzaba para calificarlo como una legítima defensa. En ese sentido, para el representante del Ministerio Público Fiscal las dos armas que se encontraron en el domicilio que Mafalda compartía con su ex pareja eran de su pertenencia. El fiscal aseguró también que el hecho que detonó el trágico suceso fue la conversación que tuvo la mujer con su hija por el problema de los cheques falsificados y no la situaciones de violencia previas vividas por ella.
Ithurry hizo principal hincapié en las diferencias que existieron entre la declaración de Mafalda sobre cómo sucedió el crimen con lo que expuso la perito psicóloga que declaró la semana pasada. La diferencia más importante de ambos testimonios es que, según Secreto, Arena se encontraba despierto en el momento del hecho, y según el fiscal, la perito infirió que la víctima se encontraba dormida. Por otro lado, la psicóloga aseguró que la mujer no había consumido cocaína durante ese día, y Mafalda dijo que había consumido hasta las 14 horas.
El fiscal también señaló que durante las declaraciones previas al juicio Secreto nunca mencionó que Arena solía agarrarla de los pelos para meterle el caño del revólver en la boca a modo de intimidación, mientras que durante el juicio este hecho fue nombrado varias veces. Para Ithurri, se encontraba "descartada la figura de legítima defensa porque no existía una agresión ilegítima inminente concreta que pusiera, al momento del hecho, un peligro real para Secreto o para su familia. La señora podría haber tomado otra actitud como irse del hogar y pedir ayuda a familiares como lo hizo una vez consumado el hecho".
Como agravante el fiscal introdujo el comportamiento de la mujer luego de dispararle a Arenas, el cual "fue realizado con plena conciencia". De esta manera el fiscal le pidió al tribunal "que se dicte veredicto de culpabilidad respecto a la señora Secreto y se dicte sentencia condenatoria a la pena de 18 años de prisión". A pesar de eso, este lunes la Justicia de Pergamino la absolvió al considerar que actuó en legítima defensa. ¿Por qué? Los jueces Guillermo Burrone (presidente); Gladys Hamue y Alejandro Salguero que encabezaron el debate oral y público le dieron la derecha al alegato hecho por María Raquel Hermida Leyenda, la abogada que representó a Secreto.
Después de definirse como la representante legal "de una sobreviviente", la abogada aseguró que según lo que dijeron todos los testigos que declararon las armas de fuego eran propiedad de Arena y agregó que Mafalda sufría "violencia física, farmacológica, de armas de fuego y violencia sexual con trata". En ese sentido, sostuvo que el relato del asesinato que brindó su defendida no difiere en nada con los que aportaron los médicos en la causa y resaltó "Arena no estaba dormido y tenía un arma apoyada en su pecho". Durante su exposición la abogada aseguró que su defendida pasó los 23 días previos al asesinato privada de su libertad por parte de Arena.
A su vez, resaltó que la mujer sólo salía a la calle con su compañía: "¿Por que una mujer tiene que estar loca para poder defenderse si el instinto de supervivencia es algo humano? Entonces: ¿Por qué no podría defenderse una mujer?". "Si me preguntan si Mafalda padeció un trastorno mental transitorio al matar a su pareja, yo les respondo que sí. Y ustedes dirán "pero cómo si usted doctora acaba de decir que no le gusta que consideren locas a la mujeres. Yo les voy a decir algo, la violencia de género te enferma. Entonces, ¿Me preocupa si el trastorno mental que sufrió fue completo o incompleto? La verdad que no porque estoy un poco cansada de esas mujeres que sólo se defienden si perdieron la cordura", destacó.
Y agregó que luego del disparo, Mafalda vivió una "amnesia disociativa" y que hasta el día de hoy la sigue sufriendo. Debido a que la agresión que vivía Mafalda era permanente y que esta se defendió cuándo y cómo pudo, Hermida Leyenda le pidió al tribunal: "Por lo expuesto les pido subsidiariamente la emoción violenta y que la condición de prisión domiciliaria se mantenga hasta el doble conforme que conseguiremos en casación".
De esta manera, para los jueces el calvario al que Arena sometió a Secreto la levaron "a emprender la acción cuando Arena se encontraba desprevenido y fue la única forma posible e idónea de hacerlo para evitar una nueva agresión o su propia muerte". "No era posible en este caso exigirle a la acusada utilizar la advertencia o la disuasión porque ello hubiera desencadenado una reacción más violenta o quizá su muerte, por lo tanto el medio empleado en este caso, el arma de fuego, fue como anticipé el más seguro, aún siendo el más grave. No me pasa por alto que en la casa había dos armas, ambas de Arena y que las mismas, estaban cargadas y por ende, estaban a disposición de ambos", sostuvo el juez Burrone.
En su veredicto, el magistrado afirmó que una de las armas estaba "en poder de Arena" y la otra "sobre el escritorio de la computadora". "Desde la percepción de la imputada y en el estado psíquico que se encontraba utilizó ese único medio inmediatamente a su alcance para defender su integridad psico física.- En esta dirección, a la luz de la prueba producida en el curso del debate, no abrigo duda de que la Sra. Secreto en modo alguno provocó la situación de constante agresión en la que se encontraba inmersa", destacó y agregó que Secreto "solo trató a lo largo de su relación con Arena de agradarle y satisfacerlo en todos sus requerimientos, de todo tipo, y recibió como respuesta un maltrato constante y continuo".
Teniendo esto en cuenta Burrone manifestó que el modo en que se produjo el desenlace fatal "me conducen irremediablemente a concluir que Secreto tuvo conocimiento de las agresiones que padecía así como de la acción defensiva que emprendió con el medio que utilizó". "Así concluyo y así lo voto, que este hecho sucedió en un contexto de legítima defensa. De tal suerte y, tal como quedase hartamente probado, quien adquirió y llevó las armas de fuego al domicilio de la encartada fue Arena, quien además tenía sometida a Secreto, a punto tal que esas mismas armas cuya tenencia hoy pretende el Sr. Fiscal atribuírselas, eran utilizadas para amedrentarla y violentarla asiduamente", agregó.
Al final de su resolución, el juez decretó que el Tribunal decidió el "veredicto absolutorio" de Secreto y "el inmediato cese del arresto domiciliario con monitoreo electrónico" que pesaba sobre ella. Cabe remarcar que los magistrados hicieron referencia directa a la situación de violencia que sufría la mujer, al destacar que Arena “controlaba y disponía de la vida de Secreto”, la cual “se encontraba bloqueada directa e indirectamente”. El tribunal añadió que “Secreto padecía violencias de todo tipo, de manera reiterada, constante y en aumento” y que se encontraba en “una clara posición de inferioridad física y psíquica respecto de su agresor”.
En ese contexto, los magistrados resaltaron que ”las agresiones constantes que sufría Secreto generaban un peligro latente para sus bienes jurídicos, por lo que, ante esa situación de peligro, era posible emprender una acción defensiva en cualquier momento". "Secreto utilizó el único medio del que dispuso para terminar con los ataques en su contra y proteger su integridad psicofísica”, concluyeron.
La mujer sostuvo que su pareja la drogaba, golpeaba ferozmente y le facilitaba a hombres de toda clase, edades y tamaños abusar sexualmente de ella hasta que esa actividad comenzó a tener repercusiones en su cuerpo. "Me amenazaba con delincuentes y hasta con el mismo Ministerio Público. Importantes estudios jurídicos y escribanías lo protegían. Hoy siguen en riesgo mi familia y los testigos que declararon", dijo en una carta escrita a la prensa.