El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa de Nahir Galarza para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revea la condena a prisión perpetua dictada a la joven por el asesinato de su novio Fernando Pastorizzo, ocurrido en 2017 en la ciudad de Gualeguaychú.
La decisión fue tomada por los integrantes de la Sala Penal del organismo y, de esta manera, queda firme el fallo condenatorio en la provincia. Ahora, a la defensa de Galarza le queda cómo última instancia intentar llegar a la Corte Suprema vía recurso de queja.
Otro revés
En septiembre, el Supremo Tribunal de Justicia de Entre Ríos ya había rechazado otro recurso de la defensa de la reclusa: un pedido de excarcelación y de arresto domiciliario a raíz de los casos positivos de coronavirus registrados en el penal donde está alojada.Nahir Galarza dijo que su ex psicólogo "miente descaradamente" : los 3 deseos para su cumpleaños
El fallo fue firmado por los jueces Miguel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, y según explicaron los magistrados, tomaron esta decisión al tener en cuenta un informe médico que detalla el "buen estado de salud, nutrición y aseo" de Galarza, las condiciones de la unidad penal y diferentes exámenes médicos.
Los abogados defensores José Ostolaza y Pablo Sotelo habían solicitado la prisión domiciliaria con tobillera electrónica porque, según ellos, la joven "está medicada con loratadina, es alérgica y necesita un inhalador" para respirar, con lo cual argumentaron que eso "la convierte en una persona de riesgo".
"La solvencia de la interna se ve consolidada por su buen comportamiento, además del fuerte acompañamiento de su grupo familiar", apuntó la defensa, y aclararon que Galarza precisa de factores "esenciales para garantizar eficazmente la tutela de sus derechos a la vida e integridad física".
Por su parte, los abogados querellantes de la familia de Fernando Pastorizzo se opusieron al pedido, ya que dijeron que no es el estado de salud de Nahir el fundamento real del pedido, sino el aislamiento dispuesto en el país, "lo que basta para desestimar el planteo".
Ante la solicitud, los jueces entonces pidieron un informe a la subalcaide Daniela Cuesta, del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, quien finalmente detalló que Galarza tiene un recreo de dos horas todos los días y dos teléfonos celulares, uno para mensajes y otro para videollamadas con el que se comunica con su familia.
Además, dijo que la joven se encuentra en un pabellón con cuatro compañeras, de 7,45 metros por 4,10 de ancho, con dos ventanas, un baño con agua caliente, una pileta de lavar, mesa con sillas y televisión por cable
A su vez, el informe médico refirió que Galarza presenta "buen estado de salud; en tratamiento con buena evolución por un eczema en mano izquierda" y detalló que a fines de agosto se realizó análisis de laboratorio con resultados "normales". "No pertenece al grupo etario de riesgo para Covid-19", concluye el informe del Servicio Penitenciario.
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Las pruebas físicas expresaron que la rea se encuentra "vigil, lúcida, orientada en tiempo y espacio, sin dificultades en la marcha, buen estado de aseo personal, normohidratada, sin signos de desnutrición y con buen aparato respiratorio".
Por eso mismo, los jueces aseguraron en el fallo que "no deja de llamar la atención la repetitiva invocación" de la defensa de la situación por la pandemia, como solicitud de morigeración de la prisión, y según dijeron, el cumplimiento de la prisión preventiva de Galarza "no exhibe posibilidad de asimilarse a ninguno de los supuestos normativos esgrimidos por su defensa".