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"Se hizo la desmayada": la repudiable defensa del jefe denunciado por abuso sexual en Once

Hasta el momento el denunciado permanece en libertad, y negó las acusaciones en su contra.

03 Febrero de 2021 13:00
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La causa que investiga la denuncia que realizó una joven venezolana de 18 años que admitió haber sido víctima de abuso sexual por su empleador en un local de Once, avanza poco a poco, aunque todavía se espera el resultado de una serie de pericias que pueden resultar claves.

Incluso, en las últimas horas amplió su declaración el acusado, mientras que a la par, su abogado salió a hacer aberrantes declaraciones públicas, en las que menospreció el hecho y desmintió a la víctima. "Ella denunció que fue violada, pero no fue violada nada", aseguró sin respaldo alguno en la TV.

Osvaldo Cantoro es el letrado que defiende a Irineo Humberto Garzón Martínez, quien está acusado de "abuso sexual agravado con acceso carnal", aunque a pesar de eso por el momento permanece en libertad.

"Esta chica que hizo la denuncia dijo que había tomado un vaso de agua y que ahí le habían dado droga, y que por eso además no pudo hablar con su hermana. Pero las pruebas científicas le dan la razón a mi cliente, porque el dosaje en alcohol en sangre de esta denunciante dio 0,73", sostuvo el letrado en diálogo con el canal C5N.

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Luego de eso, dijo que antes de hacerse la desmayada al decir que el supuesto agresor la había drogado, la chica salió corriendo desnuda dentro del local, porque en realidad su cliente y la joven habían mantenido sexo consentido.

Sobre esto, dijo que la denunciante le había ofrecido a su cliente tener relaciones a cambio de dinero, y que antes de acceder, Garzón Martínez se había negado. "Ella denunció que fue violada, pero no fue violada nada", aseguró.

"La ayuda a su hermana y madre la pidió antes del horario en que tuvo relaciones, en dos oportunidades avanzó a mi cliente pidiéndole plata, según sus dichos, y él le dijo que no. Después que cerró, ella volvió a avanzar, mantienen relaciones y ahí cuando golpean la puerta, ella le dice 'esa debe ser mi mamá'. Ahí salió corriendo a vestirse, le dijo a mi cliente no abras la puerta que me quiero vestir", agregó.

El hecho ocurrió el pasado 23 de enero, cuando la denunciante fue citada para realizar una entrevista laboral que había coordinado días antes por la red social Facebook. El acusado le pidió cenar el viernes para así "poder hablar sobre el trabajo", propuesta que fue rechazada por la joven, quien finalmente arregló presentarse el sábado por la mañana en el mencionado local de la calle Paso 693.

Según el relato de la denunciante, durante la jornada de trabajo, el acusado le ofreció varias veces una bebida hasta que finalmente la chica aceptó tomar un vaso de agua. Siempre de acuerdo a sus dichos, tras beber el agua comenzó a sentirse mareada, por lo que le envió un mensaje a su madre explicándole la situación.

"Creo que el dueño de donde trabajo me drogó porque me siento mareada", expresó la joven en el mensaje que le envió por WhatsApp y agregó la dirección en donde estaba.

Ante esta situación, la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia evaluó que el caso de la joven presenta la "existencia de una clara violencia simbólica y sexual" por parte del imputado, quien tomó "como un objeto" a la joven, "abusando de su dignidad y humillándola en su accionar".

El documento también hizo referencia a las marcas halladas en el cuerpo de la víctima, a los sentimientos de amenaza, humillación y vergüenza que padece tras el episodio y a la "interseccionalidad de vulnerabilidades" en función de su edad, género, condición económica, nivel de instrucción y su reciente llegada a la Argentina.

Por eso, la OVD explicó que el "impacto subjetivo consecuente" producido en la joven posee una "sintomatología asociada a un cuadro de estrés postraumático", con "trastornos del sueño, presencia de pesadillas, ansiedad, conductas de aislamiento social, introspección, temor al afuera y prevalencia de sentimientos de culpa".

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La oficina señaló también las características observadas en Garzón Martínez, que "con su accionar pregonaría un pensamiento estereotipado que sostendría el lugar de la mujer como un objeto a poseer" y "habría ejercido conductas similares con otras mujeres -evidenciando un patrón de comportamiento a repetición-", con "impunidad, rasgos perversos y una modalidad de acecho tendiente a lograr un objetivo".

Por esos motivos, se recomendó, en primer lugar, que "se dicten las medidas que resguarden la seguridad personal de la joven, de sus datos personales y de su familia" y "que se active la protección integral y se ponga en perspectiva la gravedad de los hechos, logrando se sancione el accionar abusivo como forma de reparación subjetiva para la víctima".

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