04 Junio de 2024 11:47
Una historia de terror vivieron tres familias chaqueñas cuando tuvieron que denunciar que sus hijas menores de edad recibían pedidos de imágenes íntimas y contenido sexual explícito por parte de su profesor.
Sucedió en la localidad de Makallé, municipio cabecera del departamento General Dónovan, provincia del Chaco. Las niñas comentaron a sus padres sobre la situación que vivían en la escuela localizada en la zona de Laguna Blanca, donde tenían como profesor al abusador que ahora está acusado por grooming.
Inmediatamente, los padres dieron aviso a la policía de Chaco que procedió a comunicarse con el Departamento de Cibercrimen y allí iniciaron una ardua investigación hasta que dieron con el paradero y la dirección exacta del docente. Allí se inició un proceso de allanamiento para encontrar pruebas que se sumen a la causa.
La División Ciberdelitos contra la Niñez y Adolescencia, en colaboración con la Fiscalía N° 13 especializada en Delitos Informáticos encontró al hombre de 33 años que fue detenido rápidamente por orden del fiscal Víctor Recio que también solicitó el allanamiento en la vivienda del profesor.
En la vivienda del profesor acusado por grooming se incautaron dos tarjetas micro SD, una computadora de escritorio, dos notebooks y un pendrive, todos con material probatorio de posibles delitos. Además encontraron cinco teléfonos celulares que, según presumen los investigadores habrían sido utilizados para perpetrar los delitos de acoso y grooming.
Según los padres de las niñas afectadas, el profesor les pedía imágenes íntimas y enviaba contenido sexual explícito. Hacía esto no solo por WhatsApp sino también por la red social Instagram.
En cuanto al presunto abusador, está detenido bajo la carátula de grooming que está penado con hasta cuatro años de prisión.
Grooming: qué dice el artículo 131
El artículo 131 del Código Penal expresa: "Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años, siempre que no resultare un delito más gravemente penado, la persona mayor de edad, que por medios de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, se contactare con una persona menor de trece (13) años y de cualquier modo mantenga conversaciones de índole sexual o le requiera que realice actividades sexuales explícitas o actos con connotación sexual o le solicite imágenes de sí misma con contenido sexual o de cualquier modo le proponga mantener un encuentro sexual".
La pena por este delito, dice el artículo, se agravaría en caso de existir: "Engaño, abuso de autoridad o intimidación". Y, en caso de que el profesor haya falseado su identidad, tendrá un año más de prisión, según lo indica la ley: "Si en la comisión de cualquiera de los delitos descritos en este artículo, el autor falseare su identidad o edad la pena mínima se elevará a doce (12) meses."