04 Marzo de 2020 19:10
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la provincia de Entre Ríos confirmó este miércoles la condena a prisión perpetua impuesta a Nahir Galarza, por el crimen de su novio, Facundo Pastorizzo, asesinado de dos tiros el 29 diciembre de 2017 en Gualeguaychú.
El Tribunal, compuesto por Miguel Ángel Giorgio, Daniel Carubia y Claudia Mizawak, tomó la decisión de "no hacer lugar" a la "impugnación extraordinaria" presentada por la defensa de Galarza, en la que se solicitaba una anulación de la sentencia que pesa sobre la joven.
La joven de 21 años fue condenada a 35 años de prisión por “homicidio calificado por una relación de pareja”. La intención de los abogados de Nahir era lograr el cambio en la figura del delito a “homicidio culposo”, una pena máxima de 5 años, al considerar que no se la juzgó "con perspectiva de género" y que no se tomaron en cuenta algunas pruebas.
Por ejemplo, la defensa de Nahir -a cargo del abogado José Ostolaza, Darío Germanier y Pablo Sotelo- sostiene que no estuvo en consideración una pericia psicológica post mortem a Pastorizzo y el perfil de Facebook de la víctima. A su vez, apuntan a demostrar que Galarza y Pastorizzo no habían tenido una relación de noviazgo y que la joven había sido víctima de violencia de género, situación que fue descartada durante el juicio.
Para lograr esto, la defensa técnica presentó el recurso de "Impugnación Extraordinaria" encuadrado dentro del Código Procesal Penal de la Provincia de Entre Ríos y fue la Sala I de Procedimientos Constitucionales y Penal del Superior Tribunal de Entre Ríos, integrada por los Jueces Carubia, Giorgio y Mizawak quien revisó el fallo.
Los abogados utilizaron un recurso extraordinario con miras a que el caso sea analizado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJE), luego del revés del 14 de agosto de 2019, cuando el Tribunal de Casación Penal de Concordia resolvió ratificar el fallo que condenó a prisión perpetua a Nahir Galarza el 24 de julio de 2018.
En el fallo de Casación de agosto del año pasado, los camaristas Silvina Gallo, Darío Perroud y Aníbal Lafourcade concluyeron de manera unánime que "entre imputada (Galarza) y víctima (Pastorizzo) existía una relación de pareja en los términos de la ley penal".
"La evidencia permite sostener acabadamente que Fernando y Nahir habían mantenido una relación de corte sentimental durante varios años, vínculo que tuvo interrupciones temporales pero que se pudo mantener largamente hasta escasos días antes del crimen", señalaron.
A partir de esta nueva confirmación, a la defensa de Nahir solo le resta acudir a un "recurso extraordinario federal", que se regula por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y que llegaría a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero para ello, deberán esperar a conocer los fundamentos de este último fallo, los cuales serán difundidos el próximo 6 de abril.
El crimen de Pastorizzo (20) ocurrió entre las 5:10 y 5:15 del viernes 29 de diciembre de 2017, cuando el joven fue encontrado en una calle de Gualeguaychú con un tiro en la espalda y otro en el pecho, junto a su moto y dos cascos tirados en el suelo.
Inicialmente, al declarar como testigo, Galarza dijo que había visto a su ex novio la noche anterior al crimen, aunque ante la sumatoria de indicios en su contra quedó detenida y en una segunda declaración reconoció que lo había matado pero que había sido de manera "accidental".
El 3 de julio de 2018, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, condenó por unanimidad a Galarza a prisión perpetua por considerar que "ha quedado destruida la hipótesis de la defensa de que los disparos se produjeron de manera involuntaria".