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A juicio oral: las 11 claves de Bonadio contra Cristina en la causa "Dólar Futuro"

El juez federal ordenó elevar a juicio oral la causa contra la ex presidenta, Axel Kicillof y Alejandro Vanoli. De qué los acusa.

23 Marzo de 2017 13:01
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El titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°11, Claudio Bonadio, rechazó hoy las solicitudes de sobreseimientos, decretó la clausura de instrucción y elevó a juicio oral la causa conocida popularmente como "Dólar Futuro".

Ahora, Cristina Kirchner -entre otros catorce procesados por el presunto delito de "administración infiel en perjuicio de la administración pública"- deberá esperar al sorteo del tribunal oral ante el cual realizará una defensa política.

Cristina Kirchner irá a juicio oral por el "Dólar Futuro".

Es que, según había anticipado ante BigBang uno de sus abogados, Gregorio Dalbón, la ex presidenta no había apelado el pedido del fiscal federal Eduardo Taiano de elevar la causa al juicio oral porque esa instancia "es la oportunidad que tiene Cristina para demostrar ante el pueblo, las cámaras de televisión y el periodismo internacional la persecución política, judicial y mediática".

Claudio Bonadio acusa a la ex presidenta por las pérdidas del Banco Central.

El juez, en cambio, aprobó la hipótesis del fiscal: "La presidenta y su ministro de Economía impartieron directivas a directores del Banco Central, quienes, utilizando de manera impropia las atribuciones de sus respectivos cargos, adoptaron las medidas de carácter técnico administrativas que permitieron al BCRA vender contratos a dólar futuro a valores inferiores al precio de mercado".

Axel Kicillof también quería ir a juicio oral para "demostrar la verdad".

Siempre según Bonadio y Taianao, entre septiembre y noviembre del 2015, es decir, menos de tres meses antes de abandonar el poder, Cristina, Axel Kicillof y Alejandro Vanoli le hicieron perder al BCRA "$ 54.921.788.702,40 como resultado neto de las operaciones a futuro de los contratos negociados en los mercados a término de Rosario (Rofex) y Abierto Electrónico (MAE)".

"Resultado de $ 54.000 millones en 'Dólar Futuro'

Además de la ex presidenta, el ex ministro de Economía y el ex presidente del BCRA, Bonadio incluyó en la operatoria delictual a Flavia Madorrán, Bárbara Domatto Conti, Alejandro Formento, Juan Miguel Cuattromo, Mariano Beltrani, Germán Feldman, Pedro Biscay, Sebastián Aguilera y Miguel Ángel Pesce. Así, sólo resta conocer el tribunal oral que decidirá su futuro.

Las claves

El juez Bonadio envió a Cristina a juicio oral by AgusGulman on Scribd

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"De acuerdo a las directivas impartidas por la presidenta Cristina Kirchner y su ministro de Economía, Axel Kicillof, los directores del BCRA, Alejandro Vanoli, Miguel Ángel Pesce, Flavia Marrodán, Bárbara Domatto Conti, Alejandro Formento, Juan Miguel Cuattromo, Mariano Beltrani, Germán Feldman, Pedro Biscay y Sebastián Aguilera, utilizando de manera impropia las atribuciones y competencias de sus respectivos cargos, adoptaron las medidas de carácter técnico administrativas que permitieron a la entidad vender entre los meses de septiembre y noviembre de 2015, contratos de dólar futuro a valores inferiores al precio de mercado".

"Que con fecha 13 de mayo del año 2016 se decretó el procesamiento de los encausados arriba referenciados en orden al delito de administración infiel en perjuicio de la administración pública, en calidad de coautores, este decisorio fue confirmado por la Sala II de la Excma. Cámara del fuero y recientemente la Sala I de la Cámara de Casación Penal declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por las partes contra la referida resolución de la Cámara Federal".

"En la oportunidad prevista en el art. 349 del C.P.P.N. las defensas de Alejandro Formento, German Feldman, Miguel Angel Pesce, Cristian Girard, Guillermo Pavan, David René Jacoby, Bárbara Domatto Conti, Mariano Beltrani, Juan Miguel Cuattromo, se opusieron al requerimiento Fiscal de elevación a juicio, entendiendo que la instrucción se encuentra incompleta y sugiriendo la producción de diversas medidas de prueba y solicitaron sus respectivos sobreseimientos, conforme a los argumentos que seguidamente se desarrollaran (fs. 2248/52; 2253/6; 2260; 2270; 2271/2 respectivamente)".

"Los procesados Axel Kicillof y Flavia Matilde Marrodán solicitaron la elevación a juicio de las actuaciones, entendiendo el primero que será en dicha instancia donde se demostrará la veracidad de lo sostenido por esa defensa en la instrucción en tanto Poder Judicial de la Nación causa N° 12.152/15 USO OFICIAL la segunda sostuvo que en dicha etapa se harán valer los derechos resguardados constitucionalmente (fs. 2247 y 2269 respectivamente)".

"La defensa técnica de la procesada Cristina Elisabet Fernández, de manera improcedente y extemporánea, solicitó la elevación a juicio mediante presentación que fue devuelta al letrado conforme se desprende de la providencia que luce a fs. 2073. Por su parte las Dras. Garcia y Borzani Papel en representación del procesado Alejandro Vanoli, postulan la nulidad del requerimiento de elevación a juicio a la par que estiman que la instrucción no se encuentra completa (ver fs. 2262/67). Mientras que la defensa del procesado Martín Pedro Biscay plantea excepción de falta de competencia y extemporáneamente la nulidad del auto de elevación a juicio y la oposición a dicha elevación (fs. 2273; 2284/2299)".

"El Dr. Eduardo Taiano requirió la elevación a juicio de éste proceso en el cual deberán responder como coautores penalmente responsables del delito de administración fraudulenta en perjuicio del patrimonio estatal, la totalidad de los integrantes del Directorio del BCRA para la época, el titular de la cartera de Economía de la Nación y la titular del Poder Ejecutivo Nacional de aquella época, mientras que las autoridades de la Comisión Nacional de Valores deberán hacerlo en calidad de partícipes necesarios".

"Sostuvo así el Ministerio Público que entre los meses de septiembre y noviembre de 2015, el Banco Central de la República Argentina negoció en el Mercado a Término de Rosario (ROFEX) y en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) contratos de dólar futuro a valores Poder Judicial de la Nación causa N° 12.152/15 USO OFICIAL inferiores del precio de mercado, transgrediendo lo establecido en su Carta Orgánica(texto según ley nro.26.739). Como consecuencia de dicha operatoria, al mes de diciembre de 2015, el Banco Central de la República Argentina llegó a tener contratos abiertos en el ROFEX y el MAE por casi diecisiete mil millones de dólares (U$S17.000.000.000) con fecha máxima de vencimiento al 30 de junio de 2016".

"Para alcanzar esa posición abierta, mediante la decisión adoptada en la sesión de directorio del B.C.R.A. nro.2806 de fecha 29 de septiembre de 2015 y por resolución nro.292/15 se amplió el límite de la entidad para actuar en los mercados a futuro del dólar pasando de diez mil millones de dólares (U$S10.000.000.000) a quince mil millones (U$S15.000.000.000). Asimismo, el 27 de octubre de 2015, en la sesión del directorio nro.2812 y por resolución nro.319/15 se amplió el límite de la operación de dólar futuro a veinte mil millones de dólares (U$S 20.000.000.000). Como resultado neto de las operaciones a futuro de los contratos negociados por el B.C.R.A. en los mercados de ROFEX y MAE, se verificó una pérdida entre septiembre de 2015 y el 30 de junio de 2016 de cincuenta y cuatro mil novecientos veintiún millones setecientos ochenta y ocho mil setecientos dos pesos con cuarenta centavos ($54.921.788.702,40)".

"De acuerdo a las directivas impartidas por la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, y su Ministro de Economía, Axel Kicillof, los Directores del Banco Central de la República Argentina, Alejandro Vanoli Long Biocca, Miguel Ángel Pesce, Flavia Matilde Marrodán, Bárbara Emilia Domatto Conti, Alejandro Formento, Juan Miguel Cuattromo, Mariano Beltrani, Germán David Feldman, Pedro Martín Biscay y Sebastián Andrés Aguilera, utilizando de manera impropia las atribuciones y competencias de sus respectivos cargos, adoptaron las medidas de carácter técnico administrativas que permitieron a la entidad vender entre los meses de septiembre y noviembre de 2015, contratos de dólar futuro a valores inferiores al precio de mercado".

"Las críticas formuladas por las defensas que se oponen a la continuación del proceso hacia la Poder Judicial de la Nación causa N° 12.152/15 USO OFICIAL siguiente etapa, no aportan ningún elemento nuevo de análisis que hagan variar la situación procesal de los encausados, sólo reeditan cuestiones que ya fueron analizadas y precluídas, no sólo en esta instancia sino también en la alzada, demostrando en realidad su desacuerdo con las responsabilidades asignadas en el proceso".

"Cabe destacar, que para dictar un auto de procesamiento no es necesario comprobar con certeza plena la materialidad de un hecho y su autoría penalmente responsable, sino la existencia de los presupuestos que justifiquen la realización de un juicio y esto es lo que ha sucedido en autos".