El Senado debatirá el proyecto de ley que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y que establece la legalización del aborto hasta la semana 14 de gestación y durante todo el embarazo siempre que sea producto de una violación o que corra riesgo la salud de la persona gestante o la vida extrauterina del feto.
LAS CLAVES DEL PROYECTO
Se legaliza la interrupción del embarazo hasta la semana 14 de gestación. Una vez que ese plazo (tres meses y medio) sea superado, el aborto será legal sólo en casos de violación y cuando exista riesgo de vida extrauterina o para la salud de la persona gestante. Se trata de los dos argumentos por los que hoy ya es legal de acuerdo al Código Penal.
El proyecto de ley cuenta con el apoyo de más de 30 senadores.
Una vez que se manifieste la solicitud del aborto no podrán pasar más de cinco días corridos hasta que se lleve a cabo la interrupción del proceso de gestación. Para realizarlo no será necesario contar con ningún tipo de autorización de la Justicia.
Habrá consultorías y consejerías integrales, que no serán obligatorias y que se podrán realizar antes de practicar el aborto. Además se establece la atención posterior a la interrupción voluntaria del embarazo. Se trata de un punto clave, que en Uruguay tuvo un impacto positivo para reducir las tasas de mortalidad materna.
Para las menores de 16 años la legalización se remite a un artículo clave del Código Civil que establece que la mujer tiene aptitud para decidir por sí misma respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”.
El proyecto fue aprobado en junio por la Cámara de diputados.
Se habilita la objeción de conciencia de los médicos, que deberán inscribirse en un registro de objetores y que debe ser respetado tanto en hospitales públicos como instituciones privadas. El texto aprobado en Diputados establece la prohibición de que las instituciones puedan declararse como objetoras en su totalidad.
Se creará un registro para monitorear y evaluar con estadísticas precisas los casos de abortos en el país, así como la cantidad de consultas realizadas, las causales que son invocadas y todos los datos sociodemográficos pertinentes.
Los médicos podrán ser condenados a prisión por entre tres y diez años por practicar abortos sin el consentimiento de la mujer. Las penas bajas a entre tres meses y un año si el aborto se practicara después de la semana 14 sin el consentimiento y sin el aval de las causales que habilitarían la interrupción después de los tres meses y medio de gestación.
EL PROYECTO COMPLETO
El proyecto de ley que es tratado en el Senado by AgusGulman on Scribd