Más
Política

Cambios en Ganancias y todo lo que tenés que saber sobre el medio aguinaldo que se viene

El nuevo piso para tributar y el impacto que tendrá en el medio aguinaldo de junio.

08 Mayo de 2023 13:27
1683564495235

Semanas atrás, mientras el dólar disparaba de a $20 por día y el índice del 7.7% de inflación en marzo generaba alarma, desde el ministerio de Economía confirmaron que a partir de mayo subirá el piso del Impuesto a las Ganancias y con esto, cerca de 250 mil trabajadores en relación de dependencia dejarán de abonarlo.

La nueva modificación explica que sólo pagarán el Impuesto a las Ganancias las remuneraciones superiores a los $506.230 brutos. De tal modo que no pagarán el impuesto las remuneraciones brutas mensuales que superan, inclusive, los $404.062.

Este cambio se realizó según la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), el índice que mide la evolución de los salarios registrados, que indicó que entre los meses de octubre del 2022 y febrero del 2023, acumuló un alza del 25,29%. Pero, a partir de esto hay dos nuevos focos a puntualizar: cómo quedaron las escalas y qué pasará con el aguinaldo.

Teléfonos formateados y amenazas: la conexión entre Patricia Bullrich y el atentado a CFK

Por un lado, en cuanto a las escalas del mes de mayo, no se cambiarán ni actualizarán los montos de las deducciones del Impuesto a las Ganancias.

Por otro lado, en cuanto al aguinaldo, en caso de que el promedio de la remuneración superara el monto estipulado del Impuesto, es decir, $506.230, el aguinaldo se verá afectado sí o sí por el Impuesto a las Ganancias. Pero, si el promedio del salario no supera el número, el aguinaldo quedará exento hasta la suma de $253.115, que es la mitad de la sumatoria expuesta.

A raíz de esto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el viernes decidió modificar las exenciones al gravamen para ajustarse a este piso y aseguraron que las horas extras correspondientes a las guardias trabajadas por el personal de salud de hospitales públicos y centros de salud privados quedaran exentas del pago del Impuesto a las Ganancias. Así como tampoco deberían computarse para el cálculo del Impuesto, los ingresos de Bonos por productividad, fallos de caja, viáticos y horas extra.

"Las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional", enuncia.

Nuevo paro de subtes: qué líneas se verán afectadas y los horarios a tener en cuenta

Además, especifica: "El beneficio de este apartado debe indicarse en el recibo de haberes correspondiente al sujeto que tenga a su cargo el pago de la remuneración y/o liquidación del haber, identificándolo con la leyenda ´Exención segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para las trabajadoras y trabajadores de la salud".