29 Noviembre de 2019 09:25
Por decreto y a días de finalizar su mandato, el presidente Mauricio Macri creó la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que dependerá del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La agencia tiene el objetivo de preservar y garantizar la seguridad de arrepentidos y colaboradores en causas judiciales del fuero penal que se encuentren en “una situación de peligro para su vida o integridad física”. Para aplicar, deben colaborar “de modo trascendente y eficiente” en una investigación.
El decreto fue publicado este viernes en el Boletín Oficial y lleva la firma de Macri y todos los ministros. El nuevo organismo reemplazará al Programa de Protección a Testigos que depende del Ministerio de Justicia, y los cambios se dan a días del cambio de gobierno y luego de que se especulara con que la nueva Agencia dependería directamente de la Cámara Federal de Casación Penal, que finalmente presidirá un Consejo Consultivo dentro de la nueva área.
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La Agencia tiene el objetivo de garantizar las medidas para “preservar la seguridad de testigos e imputados que se encuentren en una situación de peligro para su vida o integridad física que hubieran colaborado de modo trascendente y eficiente en una investigación judicial de competencia federal relativa a los delitos allí previstos”. El decreto asegura que el nuevo programa “busca generar confianza en la comunidad, garantizando el ánimo de colaboración con la administración de Justicia”.De acuerdo con datos oficiales del Ministerio de Justicia, hasta el 31 de octubre formaban parte del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados 223 personas, de los cuales 50 eran por hechos vinculados al narcotráfico, 25 por delitos de lesa humanidad, 22 por trata de personas y 86 por delitos complejos como corrupción, secuestros extorsivos, violencia institucional y contrabando. Además, hay otros 40 testigos protegidos por otras causas.
CÓMO FUNCIONARÁ
El artículo cinco del decreto publicado en el Boletín Oficial prevé “medidas especiales” cuando “las circunstancias lo permitan y lo hagan aconsejable”, entre las que se encuentran la custodia personal o domiciliaria, el alojamiento temporario en lugares reservados o el cambio de domicilio.
También contempla el suministro de los medios económicos para alojamiento, transporte, alimentos, comunicación, atención sanitaria, mudanza, reinserción laboral, trámites, sistemas de seguridad, acondicionamiento de vivienda y demás gastos indispensables, dentro o fuera del país, mientras la persona beneficiaria se halle imposibilitada de obtenerlos por sus propios medios.
En este sentido, el decreto aclara que la asistencia económica podrá otorgarse por seis meses, y que si existieran razones para extender el plazo podrá ser prorrogado, con un máximo de 24 meses, aunque excepcionalmente podrá ser hasta 36. También prevé la asistencia para gestionar trámites y el suministro de documentación que acredite identidad bajo nombre supuesto a los fines de mantener en reserva la ubicación de la persona protegida.